Supermercados: La Corte Suprema decide sobre el derecho al descanso dominical

El reclamo judicial iniciado por un supermercado chino contra el municipio de Arroyito, en la provincia de Córdoba, llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y se convirtió en el caso de referencia por el que el máximo tribunal definirá si es legal que los gobiernos prohíban a los comercios trabajen los domingos.

Este miércoles la Suprema Corte celebró una audiencia, como paso previo para definir si la restricción que impide a los supermercados de Arroyito abrir los domingos es inconstitucional. El caso se origina en 2003, cuando Jinchui Shi abrió su supermercado en la localidad cordobesa, donde los empleados no trabajan los domingos. El dueño del supermercado comenzó a abrir el negocio, asegurando que era atendido por él mismo y su familia, pero los inspectores municipales constataron que, por tener tercerizadas la carnicería y la verdulería, había otros trabajadores que también desempeñaban actividades.

La Ordenanza municipal 1660/2014 establece el “descanso dominical del trabajo” para los grandes supermercados o negocios de más de 100 metros cuadrados, por lo que sólo pueden tener abiertas sus puertas los minimercados o pequeños establecimientos, atendidos por sus dueños.

Entre los argumentos municipales para fundamentar la ordenanza se cuentan razones humanitarias vinculadas con el descanso dominical, la necesidad de fortalecer el vínculo familiar, el objetivo de proteger a los pequeños y medianos comerciantes sin afectar negativamente los márgenes de ganancias de los supermercados y, por último, la intención de responder a idiosincrasia cultural de la comunidad local.

Ante esta situación, Jinchui Shi recurrió a la Justicia planteando que la ordenanza se opone a los artículos 14 y 17 de la Constitución Nacional sobre el desarrollo de la iniciativa privada, el derecho a trabajar y a ejercer el comercio, y al artículo 16 inciso 75 párrafo tercero de la Constitución sobre igualdad de trato ante la ley e igualdad de oportunidades sin discriminación, así como al derecho a la libre contratación y empleo de trabajadores. Otros comerciantes de la ciudad cordobesa firmaron un acta acuerdo en la que defienden la costumbre local de no abrir los domingos.

El Superior Tribunal de Justicia de Córdoba hizo lugar a la acción declarativa de inconstitucionalidad presentada por Jinchui Shi, considerando que la ordenanza “constituye una absoluta extralimitación y una invasión de las competencias que corresponden a la Nación o a la Provincia” y ahora será la Corte Suprema quien tenga la última palabra.