Tras el fracaso de las mediaciones, este viernes Satsaid retomó las medidas de fuerza

Después del fracaso de la audiencia de conciliación que se concretó este jueves en el Ministerio de Trabjo, en las últimas horas el Sindicato Argentino de Televisión, Servicios Audiovisuales, Interactivos y de Datos (Satsaid) confirmó el lanzamiento de un plan de lucha, en el marco del cual este viernes se trabajará “a convenio” y se llevarán adelante paros de tres horas por turno.

Desde el gremio explicaron que durante la audiencia, tras siete horas de negociación, “las cámaras empresarias ATA-CAPIT presentaron una propuesta que aún resulta insuficiente para resolver el grave deterioro salarial tanto en el porcentaje como en los pasos (38% para el semestre enero – junio 2023 distribuidos de la siguiente manera: enero 10 25%- marzo 10,25% – abril 9% – mayo 8 %. más una Suma Fija de $76.000 para todo el semestre)”.

El Satsaid movilizó a Trabajo y espera el resultado de la audiencia de conciliación de este jueves

Considerando que la inflación mensual de enero llegó a un 6%, que la previsión para el primer semestre del año alcanza el 44% y que “la suma fija propuesta resulta inadecuada”, el gremio definió “necesario continuar con las medidas de acción directa, tendientes a encontrar un camino de solución para mitigar la afectación de los salarios por la inflación de nuestros representados”.

En ese marco, el Consejo Directivo nacional del Satsaid resolvió “retomar” el Plan de Lucha y “convocar a paros de 3 horas por turno” para este viernes, medida que se concretará “con presencia en los lugares de trabajo” en todas las empresas del sector. Además, se estableció para la misma fecha un “trabajo a convenio, sin prestación de horas extras ni la realización de relevos de función”.

Finalmente, se ratificó el reclamo de un aumento salarial del 24% para el periodo enero-marzo 2023, aclarando que si el tramo considerado en la negociación fuera enero-junio, la solicitud es de 45% de recomposición salarial. En ambos casos se reclama una “la compensación neta del artículo 215”.