Los consorcios de edificios también pueden acceder al subsidio para pago de sueldos

En su carácter de empleadores, los consorcios también fueron autorizados a inscribirse en el programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y solicitar la ayuda del Estado para el pago de la mitad de los sueldos de los encargados y trabajadores de los edificios, así como la reducción de los aportes patronales.

La medida fue confirmada por el Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (Suterh), quienes señalaron que finalmente “pudieron realizar el trámite para acceder al ATP” lo que “se verá reflejado no sólo en el impacto en los sueldos de los encargados y también puede significar una reducción de las expensas, hoy con enormes moras”, celebraron desde la entidad gremial.

Los requisitos necesarios para calificar han sido los mismos ya establecidos anteriormente para las empresas, entre los cuales se señala que la facturación entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 no debe registrar una variación superior al 5% respecto del mismo período de 2019.

Esta es una actividad que comenzó la cuarentena con dudas respecto a su esencialidad pero que se disiparon rápidamente y a través de una nueva Resolución, la número 2020/233 del Ministerio de Trabajo, se amplió la nómina y se incluyó a los encargados de edificios y vigiladores dentro de las tareas esenciales para dar cumplimiento a sus tareas.

De hecho la resolución señala textualmente es sus considerandos que “aquellos trabajadores con o sin goce de vivienda”, viendo que son responsables de “garantizar la seguridad e higiene de los edificios donde ejercen su trabajo, deberán asistir a realizar su tarea».

Paralelamente, desde el Sindicato que conduce Víctor Santa María, hubo que iniciar una fuerte campaña de concientización de cómo llevar a cabo las tareas con la «prevención necesaria» para evitar la propagación del virus y siguiendo nuevos protocolos.

En ese sentido la norma establece también en su artículo segundo que que los empleadores de los trabajadores del rubro deberán establecer cronogramas de la prestación del servicio en forma reducida y “estrictamente necesaria”, contando con” los elementos idóneos de limpieza, cuidado, seguridad y protección, con el objetivo de disminuir el nivel de exposición de éstos trabajadores y trabajadoras”.

Su función social se amplió también en muchos casos a la «asistencia a adultos mayores» y ésta colaboración tiene que ver con la realización de compras de alimentos, medicación, escucha y cualquier otra ayuda que se requiera.