Entró en vigencia la ampliación de moratoria 2020 de AFIP, que alcanza a PyMEs, grandes empresas y monotributistas

Este miércoles la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó la apertura de la adhesión vía web a la ampliación de la Moratoria 2020, por medio de la que pymes, grandes empresas, comerciantes, profesionales, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro podrán regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales.

La medida se oficializó por medio de la Resolución General N°4816 publicada hoy en el Boletín Oficial, sobre la Ley 27.562 aprobada semanas atrás por el Parlamento. En ella se extiende del alcance de la previa Moratoria 2020, incluyendo a personas humanas y jurídicas que no habían sido contempladas en el proyecto de fines del año pasado.

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La nueva moratoria, además de ampliar el universo de beneficiados, también contempla la posibilidad de regularizar deudas con la AFIP que se hayan generado durante la epidemia de coronavirus, permitiendo la inclusión de obligaciones vencidas hasta el 31 de julio. Quienes se adhieran al plan de facilidades, de hasta 120 cuotas, comenzarán a pagar a partir del 16 de diciembre. La inscripción se extiende hasta el 31 de octubre.

Según la titular de AFIP, Mercedes Marcó del Pont, “el objetivo de la ampliación de la moratoria es aliviar la situación de los contribuyentes. Es una herramienta más del Estado para amortiguar el daño, sostener los puestos de trabajo y encarar el proceso de recuperación después de la crisis a la que condujo el gobierno anterior y que profundizó la pandemia”.