Duro revés judicial para Glovo, Rappi y PedidosYa: no podrán seguir operando

Las plataformas digitales de delivery recibieron un revés judicial ya que el titular del Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario N° 2, Andrés Gallardo, ordenó suspender su actividad. De esta manera, de acuerdo al fallo del magistrado, Rappi, Glovo y PedidosYA no podrán operar en la Ciudad de Buenos Aires a partir de este viernes.

Gallardo reclama «regularizar las prestaciones de las empresas, impedir que continúen produciéndose accidentes evitables, que cobren la vida o la integridad física de los empleados repartidores; prevenir y evitar situaciones que conlleven daños a la salud de la población por la eventual manipulación indebida de alimentos; y prevenir y evitar la distorsión de los sistemas de distribución a fin de que no sean utilizados para consumar ilícitos».

El juez, en su decisión, también estableció que las compañías de tarjetas de crédito no pueden operar con las mencionadas firmas y solicitó a la Policía de la Ciudad que dispongan operativos para identificar a los conductores de las bicicletas y motos afectados al transporte de mercadería y el decomiso de la misma.

Rappi prefiere pagar una multa antes que reincorporar a delegados despedidos

Para la Asociación Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios la medida no es positiva ya que afecta a miles de fuentes laborales. La agrupación calculan que «unos 5000 trabajadores que se desempeñan en firmas de mensajerías y delivery dentro de la ciudad. Otros 7000 prestan servicios de manera independiente».

Vale destacar que el magistrado, en abril pasado, ya había dictado una medida en contra de estas empresas porque pidió que los trabajadores no puedan operar al no estar inscriptos en el Registro Único de Transporte en Motovehículos y/o Ciclorrodados (Rutramyc). En aquel fallo, solicitó que las empresas garanticen que todos los trabajadores «circulen con casco», que «la caja portaobjeto esté anclada a la moto o bicicleta y no en la espalda» del conductor, que posean «seguro de vida y accidentes» y «libreta sanitaria» y que los rodados «cuenten con adecuada señalización mínima (luminosa y refractaria)».

Con celeridad, la Secretaría de Transporte y Tránsito de la Ciudad expresó que apelarán el fallo al considerar que «es una medida que atenta contra la libertad de trabajo».