Segunda ola: Priorizan oxígeno para el sistema de salud antes que para la industria y congelan su precio

En el marco del fuerte impacto de la segunda ola de la epidemia de coronavirus en nuestro país, este jueves los ministerios de Salud y Desarrollo Productivo de la Nación firmaron una resolución conjunta por la que se congelan los precios del oxígeno medicinal por 90 días, priorizando la provisión de este “insumo crítico” para el sistema de salud. También se decidió conformar una Comisión de Monitoreo de Insumos Críticos para la atención de Covid-19.

La Resolución Conjunta 6/2021, publicada este jueves en el Boletín Oficial, queda establecido que todos los productores de oxígeno líquido del país están obligados a destinar “el abastecimiento de la demanda de los establecimientos asistenciales y/o productivos del sector de la salud con carácter exclusivo”, priorizando al sistema sanitario por sobre los requerimientos de la industria.

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En el texto también se establece que el precio máximo de venta de oxígeno y de prestación del servicio de transporte, distribución y acarreo será el vigente al momento de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial, no pudiendo aumentarse por 90 días.

La comisión de monitoreo estará integrada por los titulares de los ministerios de Salud y Desarrollo Productivo y podrá: 1) requerir información a los sujetos alcanzados por esta medida y a los establecimientos de salud de todo el país para el cumplimiento de sus finalidades públicas; 2) instruir a las empresas productoras y distribuidoras de oxígeno líquido medicinal, la provisión constante e ininterrumpida del oxígeno líquido en el territorio nacional a los establecimientos de Salud sin perjuicio de contratos preexistentes con otro destino; y 3) convocar a organismos públicos y cámaras, empresas productoras y distribuidoras del sector que se consideren necesarios.

La también resolución intima a las empresas que forman parte “de la cadena de producción, distribución y acarreo de oxígeno medicinal a granel o en tubo a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte, distribución y comercialización en todo el país durante el período que dure la emergencia sanitaria”.