El Ministerio de Trabajo de España aprobó el decreto para la ‘Protección de los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto a través de plataformas digitales’, conocida como la Ley Rider.
Este proyecto trata una serie de medidas donde se determina la «presunción de laboralidad» y la obligatoriedad de «informar a las personas trabajadoras sobre los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que incidan en las condiciones de trabajo».
De este modo, firmas como Glovo o Uber Eats, que mantienen a gran parte de sus empleados bajo la figura del autónomo, aludiendo una mayor flexibilidad para el trabajador, deberán contratarlos. «No hay ningún país del mundo, después de California y la anulación de su norma, que se haya atrevido a legislar en esta materia», dijo Yolanda Díaz, ministra de Trabajo.
Vale destacar que la nueva ley establece un periodo transitorio de 3 meses para adaptarse. Salvo Just Eat, que sí mantiene una relación de laboralidad con la mayoría de sus repartidores, el resto de estas plataformas deberán contratar a sus trabajadores en el mencionado plazo.
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Desde la Asociación de Plataformas de Servicios bajo demanda (APS), que engloba a estas plataformas de reparto, lamentan «la aprobación, por la vía de urgencia y sin debate parlamentario, de un decreto que pone en riesgo el desarrollo de un sector que aporta más de 700 millones de euros al PIB español y que ha sido elaborado sin tener en cuenta a sus principales actores: restaurantes, plataformas y, lo más sorprendente, a los propios repartidores».