El Sindicato del Seguro acordó reglamentaciones para el teletrabajo en el sector

En las últimas horas el Ministerio de Trabajo de la Nación, el Sindicato del Seguro y las cámaras representativas del sector empresario de la actividad firmaron un documento que establece las condiciones en las que los trabajadores del sector podrán cumplir con sus tareas a distancia, en la modalidad de teletrabajo o home office.

El acuerdo firmado por el gremio encabezado por Jorge Solá se aplica a las trabajadoras y trabajadores presenciales que en forma extraordinaria deban realizar tareas remotas, así como también a los teletrabajadores que suscriban contratos alcanzados por la Ley 27.555. En tanto las disposiciones para regular este tipo de actividad se enmarcan en el contexto de crisis sanitaria derivada de la epidemia de coronavirus se definió como “de carácter provisorio”, por lo que será revisado cada seis meses.

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Respecto de los trabajadores presenciales que deban realizar de forma extraordinaria tareas remotas, el acuerdo establece que “no deberá considerarse tal situación como sustitutiva del acuerdo escrito de voluntad, ni podrá invocarse por las entidades y/o empleados como un derecho adquirido a futuro ni sustitutivo del acuerdo escrito de partes ni con el alcance de la Ley 27555”.

Luego, entre las condiciones particulares del texto acordado se detalla que los elementos de trabajo y el soporte técnico necesario para el cumplimiento adecuado de las tareas laborales “estarán a cargo del empleador” y que los empleadores podrán acordar con los trabajadores la realización de “jornadas dinámicas” que permitan la distribución horaria con límites y alcances establecidos en la normativa legal vigente, obligando a los trabajadores que deban interrumpir su jornada laboral por tareas de cuidado a informarlo a su empleador.

Los trabajadores que cumplan sus obligaciones en forma remota tendrán derecho a desconectarse de la actividad laboral fuera de su jornada de trabajo y durante los períodos de licencias y percibirán una compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios. En todos los casos, los sistemas instrumentados por la empresa deberán garantizar el derecho a la intimidad de los trabajadores y las partes se comprometen también a garantizar las capacitaciones y otras medidas para un funcionamiento correcto de la actividad.

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Finalmente, la representación sindical y empresario contarán con un “Observatorio Permanente en Teletrabajo” que realizará recomendaciones y sugerencias sobre el trabajo remoto. El diálogo respecto de los temas vinculados con la modalidad seguirá abierto entre las partes, que se comprometieron “a mantener la paz social y velar por el mantenimiento de las fuentes de trabajo”.

Además del Ministerio de Trabajo y el Sindicato del Seguro firmaron el acuerdo los Aseguradores de vida y retiro de la República Argentina (AVIRA), la Asociación argentina de compañías de seguro (AACS), la Unión de aseguradoras de riesgo de trabajo (UART), los Aseguradores del interior de la República Argentina (ADIRA), la Asociación de aseguradores argentinos (ADEAA) y la Asociación argentina de cooperativas y mutualidades de seguros.