El Gobierno nacional emitió un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para establecer las medidas preventivas sanitarias contra el coronavirus Covid-19 que regirán desde este viernes hasta el 31 de diciembre y, así, regular la realización de las actividades consideradas de riesgo epidemiológico y sanitario en los distritos.
Las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, turísticas, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales deben realizarse bajo un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria nacional, provincial o de la Ciudad.
Los empleadores deben garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores. El distanciamiento social de al menos dos metros entre las personas continúa vigente así como también el uso de tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos. Lo nuevo es que ya no es necesario cuando se circule al aire libre a más de dos metros de otra persona.
De todos modos, estarán exentos de concurrir los trabajadores con inmunodeficiencias: congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave, VIH dependiendo del status y personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis; pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.
Los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades de la Administración Pública Nacional deben retornar a la presencialidad.
Las flexibilizaciones que implica la norma regirán hasta el mes de diciembre. En ese sentido, el Ejecutivo autoriza la realización de las actividades consideradas de mayor riesgo epidemiológico y sanitario, que deberán cumplir con las siguientes condiciones de acuerdo al rubro.
En el caso de los viajes de egresados, deben presentar autorización de las jurisdicciones provinciales de destino y permanencia. Mientras que todas los integrantes del grupo tienen que contar con un test de antígeno negativo al embarcar y al retorno realizar un test de antígeno previo al abordaje del transporte. Y así cada en cada caso.
Los eventos masivos de más de mil personas en espacios cerrados podrán utilizar como límite el 50% de la capacidad autorizada. Asimismo, para ingresar se requiere el esquema de vacunación completo o al menos una dosis de vacuna más test diagnóstico negativo. Si el evento se realiza al aire libre, el concurrente mayor de 18 años solamente debe contar con una dosis.
Tal como ha sido desde el inicio de la pandemia, los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires pueden establecer medidas sanitarias temporarias y focalizadas adicionales para contener los contagios.