Este viernes el Ministerio de Trabajo publicó en el Boletín Oficial la Resolución 297, donde se detalla la forma en que los trabajadores públicos y privados cobrarán sus salarios durante la cuarentena obligatoria y algunas aclaraciones respecto de las condiciones laborales para el personal esencial, que deberá seguir cumpliendo con sus tareas. También se confirmaron beneficios fiscales para las empresas que contraten a nuevos empleados.
La cartera laboral estableció que los empleados aislados deberán ser dispensados de su obligación de asistencia al trabajo y que deberán acordar con sus empleados las condiciones de trabajo en caso de que sus tareas puedan ser realizadas vía teletrabajo: “Quienes efectivamente acuerden este modo de realización de sus tareas percibirán su remuneración habitual en tanto que, en aquellos casos que esto no sea posible, las sumas percibidas tendrán carácter no remuneratorio excepto respecto de los aportes y contribuciones al sistema de seguro de salud y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados”.
Los trabajadores que deberán presentarse en sus labores alcanzan 24 rubros
Se encuentran incluidos en la resolución los trabajadores públicos y privados, los que presten servicios de forma continua bajo figuras no dependientes como las locaciones de servicio bajo el decreto 1109/2017 (servicios profesionales autónomos necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales), contratos análogos en el sector privado, pasantías y becas en lugares de trabajo, residencias médicas comprendidas y casos de pluriempleo o de múltiples receptores de servicios.
El personal esencial, que deberá continuar con sus tareas en tanto “constituye una exigencia excepcional de la economía nacional” deberá adecuarse a una “reorganización de la jornada de trabajo para garantizar la producción de las actividades declaraciones esenciales en condiciones adecuadas de salubridad en consonancia con los protocolos establecidos por la autoridad sanitaria, será considerado un ejercicio razonable de las facultades del empleador”. Las horas suplementarias de trabajo derivadas de la emergencia tendrán una reducción del 95% de la alícuota de contribuciones patronales para el sistema previsional.
La cartera de Claudio Moroni también estableció que la necesidad de contratación de personal mientras dure el aislamiento social preventivo y obligatorio deberá ser considerada “extraordinaria y transitoria”, en términos del artículo 99 de la Ley de Contrato de Trabajo, y que los salarios de estos contratados también gozarán de la reducción de aportes patronales.