Los trabajadores de C5N denuncian que la AFIP presentó una apelación ante la Cámara Nacional en lo Comercial para bloquear la apertura de una cuenta inembargable de la que esperaban poder comenzar a cobrar sus sueldos en tiempo y forma y no en cuotas como hasta el momento.
Sobre las cuentas bancarias de la empresa pesa un embargo judicial por lo que durante el último año los cientos de trabajadores de C5N venían cobrando en cuotas, gracias al cambio de los cheques de publicidad en agencias financieras. Ante esta situación, el Sindicato Argentino de Televisión, Servicios Audiovisuales, Interactivos y de Datos (SATSAID), con el acompañamiento de la Comisión de Libertad de Expresión de la Cámara de Diputados de la Nación, logró que el juez en lo Comercial Javier Cosentino dispusiera la apertura de una cuenta inembargable en el Banco Ciudad de la Ciudad de Buenos Aires, con el único propósito de ser utilizada para el pago de sueldos.
La operatoria incluso preveía la supervisión de un síndico y una veeduría, que están trabajando en el concurso preventivo de la empresa. Sin embargo, cuando ya estaba todo dispuesto para la apertura de dicha cuenta, que hubiera permitido a los trabajadores de la empresa un cobro normal de sus salarios, la AFIP presentó una apelación ante la Cámara Nacional en lo Comercial para bloquear la apertura de la cuenta o, si se habilitara, plantear un embargo sobre la misma.
Así, según denuncian los empleados del canal, “el organismo fiscal antepone sus derechos a un interés superior, que es el cobro de los salarios por parte de lxs empleadxs”. Y añaden: “Con esta apelación, AFIP vulnera el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y también el Convenio 173 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la protección de los créditos laborales en caso de insolvencia del empresario. Al mismo tiempo, desconoce la Ley 4565 de Libertad de Expresión, sancionada en 2013 por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que en su artículo 23 dice claramente: “Las deudas que con los organismos públicos tengan los periodistas o medios de comunicación, cualquiera sea su soporte o modalidad, originadas en cualquier tipo de sanción o multa administrativa o de origen tributario sólo podrán ser ejecutadas judicialmente contra activos que no resulten, directa o indirectamente, imprescindibles para el ejercicio de tal actividad”.
En este sentido, consideran a la medida del ente recaudador como un “intento evidente de entorpecer el normal funcionamiento del canal, poniendo en serio riesgo la continuidad laboral de más de 400 personas”. El comunicado de trabajadores y trabajadoras de C5N concluye: “El acceso a la información es un derecho humano que debe ser garantizado por el Estado, al igual que la pluralidad de voces. Y por tanto exigimos al Gobierno Nacional que garantice los puestos de trabajo y cese en su intento de silenciar al canal de noticias líder en audiencia en la televisión nacional por una disputa política en la que nada tenemos que ver quienes desempeñamos nuestras tareas en esta señal. Somos trabajadorxs de medios de comunicación. No somos empresarios ni voceros de ningún gobierno o espacio público”.