De acuerdo a la resolución conjunta N°1/22 de los ministerios de Agricultura, Ganadería y Pesca y de Desarrollo Productivo publicada en el Boletín Oficial, se ratifica e instrumenta el fideicomiso surgido del acuerdo entre el Gobierno Nacional y los distintos actores del mercado de la soja y el girasol. El mecanismo financiero tendrá vigencia desde este 1 de febrero hasta el 31 de enero de 2023.
Según informaron desde la cartera de Desarrollo Productivo, “el fideicomiso se creó a través de un Acta Acuerdo firmada el 30 de diciembre de 2020 entre el sector y los dos ministerios mencionados. En la resolución actual se remarca que la continuidad de esta medida se debe a que la misma “ha demostrado ser adecuada para el cumplimiento de los objetivos propuestos”.
Sucede que “en el marco de una escalada internacional de precios de la soja y el girasol impulsada por la pandemia en 2020, se propendió a sostener en el mercado interno un precio accesible de los aceites envasados para los consumidores finales y su grupo familiar así como su pleno abastecimiento”, lo que se dispuso “a través de una metodología de asistencia financiera prevista bajo pautas de previsibilidad y seguridad jurídica”.
Según lo mencionado oficialmente “este fideicomiso se estableció para velar por el interés económico general mediante un sistema interno de compensaciones que permita estimular la libre competencia, garantizar el abastecimiento interno y asegurar precios justos y razonables para las y los consumidores”.
La norma prevé que los aportes de fondos de cada fiduciante sean calculados según las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior de los productos sujetos a aportes, registradas con posterioridad a la fecha de corte.
A su vez, de manera trimestral, se realizará una evaluación entre los fiduciantes y la Secretaría de Comercio Interior de la Nación con el fin de que “el fideicomiso sea sustentable hasta el 31 de enero de 2023”.
El fideicomiso representa un monto de u$s190 millones anuales y está integrado por las personas humanas y físicas que operen en el mercado de la soja y el girasol, y se encuentren inscriptos en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA). Los beneficiarios son, por un lado, todos aquellos que realizan en el país la transformación de aceite a granel en productos sujetos a compensación para su abastecimiento en el mercado interno con destino último al consumidor final, que se adhieran al fideicomiso. Por el otro, también pueden ser beneficiarios aquellos fiduciantes que no presenten deudas en relación con aportes al fideicomiso que decidan iniciar actividades de transformación de aceite a granel en aceite envasado y realicen ventas en el mercado interno (con posterioridad a la fecha de corte y con anterioridad a la extinción del fideicomiso). Además, deberán cumplir con todos los requisitos para ser beneficiarios.
En cuanto a los productos sujetos a compensación se establecen los “Aceites Envasados” (son los aceites refinados comestibles destinados al mercado interno para consumo final y familiar en envases de hasta tres litros) y “Aceites Refinados” (de soja, girasol y/o sus mezclas). A través del texto publicado hoy, el volumen de aceites envasados que será objeto de las compensaciones es de 29 millones de litros por mes calendario, en una proporción mínima de ochenta por ciento (80%) de aceite puro de girasol. También dispone que el precio base de aceites envasados se ajuste de acuerdo a una fórmula durante la vigencia del fideicomiso.