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Se promulgó la Ley que exime del pago de Ganancias a personal de salud y seguridad

Con la publicación en el Boletín Oficial de la Ley 27549, este lunes el Gobierno nacional promulgó la exención del pago de Ganancias a personal de salud y de seguridad afectado a tareas relacionadas con la contención de la pandemia de coronavirus.

La ley fue aprobada por unanimidad en la sesión del Senado Nacional del pasado 21 de mayo, en conjunto con la Ley 27548 que establece un protocolo de protección para los trabajadores del área sanitaria y con la Ley 27547 que regula el vínculo entre el Estado nacional y la Cruz Roja. Las tres leyes se aprobaron con 71 votos a favor, convirtiéndose en las primeras en ser aprobadas mediante una sesión remota de la Cámara Alta, en el marco de la epidemia de coronavirus.

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Más allá de la unanimidad, la ley que establece la exención transitoria de Ganancias (que regirá hasta el 30 de septiembre, pudiendo ser prorrogada por el Poder Ejecutivo) generó un debate entre el bloque del Frente de Todos y la oposición de Juntos por el Cambio que sostuvo que la norma beneficiaba “a los que más ganan”. El senador radical Luis Naidenoff reconoció que el proyecto salda “en parte” una deuda con el personal esencial del área sanitaria pero sostuvo que “se queda a mitad de camino” en tanto no es “igualitaria para todo el universo de esos empleados”.

La Ley 27549 abarca a “los profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada; el personal de las Fuerzas Armadas; las fuerzas de seguridad; de la actividad migratoria; de la actividad aduanera; y bomberos, que presten servicios relacionados con la emergencia sanitaria” y establece que la exención se aplicará sobre “las remuneraciones devengadas en concepto de guardias obligatorias (activas o pasivas) y horas extras, y todo otro concepto que se liquide en forma específica y adicional en virtud de la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19”.

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También se fijó una pensión graciable y vitalicia que será otorgada a cónyuges, hijos hasta la mayoría de edad o convivientes de las personas fallecidas por coronavirus en el ejercicio de sus actividades, que será “una suma mensual igual al doble del haber mínimo jubilatorio, al que se le aplicarán los aumentos correspondientes a las jubilaciones ordinarias”.

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