Provincia oficializó nuevo régimen de licencias parentales para estatales

Este jueves la provincia de Buenos Aires confirmó que se oficializó un nuevo régimen de licencias parentales para los trabajadores del Estado, apuntando a un “modelo que contribuya a reducir las desigualdades de género en la crianza de las niñas, los niños y adolescentes”.

La medida se hizo oficial con la publicación del el Decreto 140/2022 en el Boletín Oficial, estableciendo una ampliación de las licencias de los estatales contratados bajo los regímenes que establecen las leyes 10.430 y 10.471.

Provincia amplió las licencias por maternidad y paternidad para estatales

El gobernador bonaerense Axel Kicillof manifestó al respecto: “Este nuevo régimen de licencias va a implicar un cambio en la vida laboral y familiar de toda la comunidad, representando un inmenso avance en la Provincia que esperamos que acompañen otros sectores y ramas de la actividad”.

También el Jefe del gabinete de ministros de la provincia Martin Insaurralde consideró: “Es muy importante y de vanguardia la decisión de nuestro gobernador Axel Kicillof, que apuesta no sólo a ampliar derechos para aquellas personas que decidan formar una familia, sino que también equipara derechos y posibilidades dentro de los trabajadores de la administración pública bonaerense”.

Según lo establecido, a partir del día de la fecha todas las personas gestantes contarán con una nueva licencia de 45 días para el cuidado del recién nacido, complementarios a los 90 que ya existían, con lo que se totalizarán 135 días. Y en casos de nacimientos de niña o niño con discapacidad, la cifra se extenderá hasta los 180 días corridos.

Los empleados nacionales con hijos a cargo y escolarizados suman licencias

Si ambos progenitores prestan servicio en el ámbito de la provincia, podrán optar por elegir quién será la persona que goce de la licencia. En paralelo, la licencia para el o la corresponsable parental se extenderá de 3 a 15 días.

También se amplían los días de licencia por adopción de 90 a entre 120 y 180 días, según la edad del niño o niña, eliminándose el límite de edad de 7 años; y se extiende la licencia por fallecimiento del corresponsable parental, que pasa de los 2 o 3 días actuales a un lapso de uno a tres meses según los años del hijo o hija menor de edad. Por último, se suman 15 días para la atención de un familiar enfermo, que alcanzan así los 35 días.