A través de un nuevo fallo, el juez, Germán Pablo Zenobi, declaró inconstitucional la actual movilidad jubilatoria y sostuvo que el aumento de marzo debió ser mayor. Esto se suma a otro fallo muy similar que llegó a la misma conclusión. Esto lo que confirma a su vez es que la resolución en individual y no de aplicación colectiva. Cada interesado debe presentar su reclamo y esperar el resultado.
La Justicia de la Seguridad Social a través de este nuevo fallo, sostiene que el ajuste de 5,71% que dio el gobierno nacional en marzo pasado debió ser del 14,5%, como lo establecía el cálculo anterior.
La primera resolución judicial en este sentido la tomó la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, tras una demanda del abogado Miguel Fernández Pastor. En este fallo, los jueces ya habían ordenado al Poder Ejecutivo la restitución del casi el 9% de diferencia entre una fórmula y otra. Pero el gobierno apeló y ahora el caso está en la Corte Suprema.
El escrito de Zenobi pone el foco en el momento en que comenzó a regir la reforma previsional votada por el Congreso nacional. «En marzo debieron dar lo de la ley anterior porque ya se encontraba devengada y las leyes no se pueden aplicar en forma retroactiva», detalló la abogada Andrea Falcone, letrada del estudio que logró la decisión en favor del jubilado Guillermo Claudio Abbruzzese.
En base al nuevo índice de movilidad que se aplica por tercera vez este año, el gobierno determinó que a partir del primero de septiembre, las jubilaciones, pensiones y la AUH aumentarán 6,68%. La jubilación mínima actual es de $8.096,30, con el nuevo ajuste pasará a $8.637,10.