El Gobierno extendió por decreto la emergencia sanitaria hasta fin de año

Este jueves por la noche se confirmó que el Gobierno Nacional prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2021 la emergencia sanitaria con motivo de la pandemia de coronavirus, por medio de un Decreto de Necesidad y Urgencia. La emergencia, que originalmente había sido aprobada por la ley 27.541, se había extendido hasta este 12 de marzo por el decreto 260/20. Se refuerzan los controles sanitarios pero todavía no se avanza con el cierre de fronteras.

Según se detalla, en el mismo decreto de necesidad y urgencia que prorroga la emergencia se establece que “ante una situación sanitaria epidemiológica crítica, un régimen de matriculación y/o certificación de especialidad provisoria para quienes no cuenten con el trámite de su titulación finalizado, reválida de título o certificación de pregrado, grado o posgrado en ciencias de la salud, previa intervención del Ministerio de Educación y con certificación de competencias a cargo de los establecimientos asistenciales que los requieran”.

La nueva normativa considera “zonas afectadas” por la pandemia de COVID-19 a todos los países del mundo y como “zonas afectadas de mayor riesgo” a “aquellas que tienen circulación comunitaria de nuevas variantes de COVID-19 que pueden condicionar la capacidad de respuesta del país y requieren de medidas sanitarias específicas”. Este viernes terminaría de definirse también nuevas restricciones a los vuelos internacionales, con una reducción de los servicios a y desde países considerados de alto riesgo sanitario o con nuevas cepas del virus. La ministra de Salud Carla Vizzotti propone una reducción de un 20% en los vuelos a Brasil (reforzando también los controles por las nuevas cepas de alta contagiosidad), México y Europa, de un 10% para los que van o vuelven de EEUU y de un 30% para los que son desde y hacia Chile, Colombia, Ecuador, Panamá y Perú.

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Partiendo de estas consideraciones, también se amplía a los ministerios de Salud y Desarrollo Productivo la potestad de fijar precios máximos y de adoptar las medidas necesarias para prevenir el desabastecimiento de todos los insumos que sean considerados críticos.

El DNU además establece que deberán permanecer aisladas durante 14 días quienes sean considerados “casos sospechosos” según la definición de la autoridad sanitaria nacional, hasta tanto se realice el diagnóstico confirmatorio; quienes revistan la condición de “casos confirmados”, según la definición de la autoridad sanitaria; quienes sean considerados “contactos estrechos” de casos de COVID-19, según la definición de la autoridad sanitaria nacional, y quienes arriben al país desde el exterior.

En todos los casos, quienes arriben del exterior deberán brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen de salud para determinar el potencial riesgo de contagio. También deberán contar con un test PCR negativo hecho no más de 72 horas previas al embarque. Las personas extranjeras no residentes además deberán contar con un seguro de viajero especial para la atención de la COVID-19 en el país. El Ministerio de Salud estará facultado para recomendar la suspensión o reducción de frecuencias de transporte internacional de pasajeros tanto aéreo, marítimo, fluvial como terrestre, así como la suspensión de destinos.