AFIP apelará el fallo que le permite a un empresario no pagar el Aporte de las Grandes Fortunas

Después de que una jueza federal aceptara el amparo de un empresario respecto del “Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia” e intimara a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) no cobrárselo hasta tanto se defina la cuestión de fondo, cunde la preocupación por una posible oleada de recursos similares que limiten fuertemente los ingresos que el Estado Nacional esperaba obtener de la medida.

La jueza en lo contencioso administrativo Cecilia Gilardi Madariaga de Negre aceptó la medida cautelar de Alejandro Scannapieco, ejecutivo de la empresa tecnológica multinacional Globant, disponiendo que la AFIP “se abstenga de aplicarle las disposiciones emergentes de la Ley 27.605”. El empresario argumentó que el tributo no constituye un aporte voluntario sino un impuesto “confiscatorio” que vulnera su “derecho a la propiedad”, afectando además su capacidad contributiva. Como venían anticipando numerosos tributaristas, uno de los argumentos principales para denunciar la ilegalidad del impuesto es el de la denuncia de una doble tributación, por la posible superposición del Aporte Extraordinario con el impuesto a los Bienes Personales.

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“Existe mayor riesgo en denegar la medida que en concederla y que la concesión de la cautela no consuma a favor de la actora ninguna situación que no pueda ser revertida si la pretensión de fondo fuera rechazada”, explicó la magistrada para justificar su fallo, que de todos modos puede ser apelado por la AFIP ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

La decisión judicial, con una caución de 100 mil pesos que debe pagar el empresario, tiene una vigencia de tres meses, hasta que se resuelva la cuestión de fondo reclamada en el amparo: que no le cobren el aporte aprobado el Congreso Nacional en diciembre del año pasado con los votos del oficialismo y el rechazo de la oposición, cuyo pago debería concretarse antes del próximo 30 de marzo (al menos de una primera cuota).

Si bien la decisión actual solo alcanza al ejecutivo de Globant, algunos tributaristas alertan sobre la posibilidad de que este tipo de recursos judiciales se multipliquen en un “efecto cascada”. Desde AFIP, en cambio, aclararon que de entre las 13 mil personas alcanzadas, hasta el momento tan sólo “6 contribuyentes con patrimonios superiores a los 200 millones de pesos presentaron amparos contra el aporte solidario y extraordinario”. Desde el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont ya anticiparon que “este fallo se va a apelar”.