La justicia Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires consideró “legal” la plataforma digital Uber para incorporarse como medio de transporte porteño, sujeto a reglamentación.
La información surge luego de una audiencia oral, donde el titular del Juzgado n.° 7 de la Ciudad de Buenos Aires, Javier Buján, dispuso en la causa “B.M., A. sobre 6.1.49 Bis – Prestación de servicio público de taxis sin habilitación” absolver a un conductor del servicio de transporte privado a través de la plataforma electrónica Uber en relación con la infracción prevista y reprimida en el art. 6.1.49 segundo párrafo y 4.1.7 de la Ley 451.
Esta absolución se dio por entender el magistrado que la actividad se constituye en un contrato de transporte privado regulado en el Código Civil y Comercial de la Nación con contratos conexos.
En primer lugar, Buján recordó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la legalidad de la empresa UBER, “considerada en las instancias previas como una actividad comercial lícita”, frente al reclamo de taxistas en agosto de este año.
Frente al polémico fallo, el Estado deberá decidir prontamente y avanzar en la implementación de medidas para preservar el orden público y la seguridad como se hizo con la empresa en Mendoza quien por Ley 9.086 creó la figura del ‘Transporte Privado a través de Plataformas Electrónicas’”.
De momento, esto no habilita la circulación de UBER, pues si bien el fallo determina que la aplicación es «Legal» no está reglamentado en la Ciudad de Buenos Aires ni en la Provincia.