Esta semana la provincia de Misiones finalmente reconoció un reclamo de larga data de los trabajadores papeleros, confirmando la insalubridad de la actividad celulósica en la provincia, por lo que las jornadas laborales se reducirán de 8 a 6 horas y la jubilación para los empleados de las áreas involucradas podrá reclamarse con 55 años y 25 de aportes.
La decisión oficial se confirmó por medio del decreto 441, firmado por el gobernador misionero Oscar Herrera Ahuad y publicado en el Boletín Oficial de la provincia el día lunes 30 de agosto, a inicios de esta semana. En el mismo se confirma el rechazo a la apelación plantea por la firma Arauco (ante papelera Alto Paraná S.A.), asentada en la localidad misionera de Puerto Esperanza, contra una serie de resoluciones del Ministerio de Trabajo y Empleo de la Provincia en el sentido del reconocimiento de la ley de IX N° 7, del año 2008, que declaraba “la insalubridad de la industria productora de pasta celulosa, papel y cartón en todo el territorio de la provincia”.
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Desde ese momento se abrió una larga disputa política y judicial que tuvo distintas instancias, siendo un hito clave la resolución de la cartera laboral misionera de abril de 2013 que declaró la “insalubridad laboral” en 12 áreas de la planta industrial de Alto Paraná, en base a estudios de la Universidad Nacional de Misiones (UNaM) que estableció que “trabajar en la planta de dióxido de cloro, la caldera de recuperación, caldera de potencia, la planta química, la de lavado y depurado, deslignificación, la de preparación de madera, el taller central, la calderería, la línea uno, la planta de tratamiento de efluentes y la línea dos, resulta peligroso para la salud”.
Los principales factores considerados insalubres para los trabajadores del sector tienen que ver con la presencia de elevados índices de dióxido de cloro y altos niveles de ruidos en las áreas mencionadas. Las empresas del sector rechazaron la medida por vía administrativa y judicial, accionando contra la provincia en la Justicia Federal por considerar “inconstitucional” a la ley provincial de insalubridad y abriendo una serie de planteos y recusaciones en la Justicia.
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El planteo empresarial fue rechazado por la Procuración Fiscal, que consideró: “Entendemos que, de las actuaciones no surge evidencia alguna de que el procedimiento establecido por la norma local neutralice el dispositivo nacional afectándolo de manera patrimonial, no ha demostrado la real afectación económica de las argumentaciones de readecuación horaria o personal. No se genera una violación al derecho de explotación de la industria de manera acorde con medidas de preservación de la salud y medio ambiente”. En el mismo sentido, se considera “evidente que estamos ante un caso de contaminación colectiva o individual, el legislador entiende que las empresas de papel y pasta celulósica en su proceso de fabricación provoca un grave impacto en la salud de los trabajadores y el medio ambiente”. En base a estas consideraciones, la Procuración rechazó los planteos interpuestos por la empresa.
En los considerandos de la resolución que esta semana rechazó lo planteos empresariales, dando un importantísimo paso en defensa de la salud de los trabajadores del sector, se destaca además que “en efecto es la propia ley de Contrato de Trabajo en su artículo 200 la que establece un máximo de seis horas diarias y 36 horas semanales, en tareas o condiciones declaradas insalubres, siendo ésta una consecuencia de la condición de insalubridad”.