La Corte Suprema de Justicia falló esta mañana a favor del Gobierno porteño en su demanda contra el DNU del presidente Alberto Fernández que suspendió las clases presenciales y así respaldó la autonomía de la Ciudad para definir sobre la educación.
Los jueces de la Corte Suprema Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti presentaron ante la Secretaría de Juicios Originarios del Tribunal un voto común para iniciar el camino final hacia el fallo.
Si bien el contenido del voto permanece en reserva, fuentes del tribunal adelantaron que está «muy fundamentado» y con profusa cita de fallos de la propia Corte sobre el estatus jurídico de la Capital Federal y las facultades que se desprenden tanto de la Constitución Nacional cuanto de la del propio estado local.
La Ciudad de Buenos Aires obtuvo una reivindicación de la autonomía -que, por otra parte, ya fue reconocida por la propia Corte desde 2019- y en ese escenario se arrogaría la facultad de decidir la modalidad de las clases en su distrito.
El amparo original fue presentado hace tres semanas, tras lo cual el Procurador General de la Nación adjunto Eduardo Casal reclamó por la inconstitucionalidad del Decreto Nacional de Urgencia (DNU), al considerar que debía pasar por el Congreso de la Nación para ser validado.
La presentación de la Ciudad fue por el DNU 241, el anterior, y ahora rige otro firmado hace pocos días por el Poder Ejecutivo, que mantiene la misma situación, pese a que en éste último se define una zonificación por riesgo epidemiológico que pone a la Ciudad en Estado de Alarma igual que a la provincia de Buenos Aires, tanto como a Santa Fé y Mendoza.
Se espera los gremios reaccionen negativamente, más allá de que hoy en día continúan en la pelea, porque sus representados puedan permanecer en sus casas acatando el decreto presidencial con carácter de ley y discutiendo con el Gobierno porteño, los posibles descuentos por los días de paro que vinieron efectuando mientras se debatía judicialmente la cuestión. Se suma que, en el distrito porteño, hay muy pocos docentes vacunados, lo que inclina la balanza negativamente a la hora de acatar el fallo.