Los trabajadores judiciales de Tucumán, que desde el inicio de la cuarentena obligatoria realizan teletrabajo, ya cuentan con un derecho a la desconexión digital, que se instrumentó por una acordada de la Corte Suprema local.
La acordada fue votada de forma unánime por los jueces Claudia Sbdar, Daniel Posse, Antonio Estofán, Daniel Leiva y Eleonora Rodríguez Campos. Los magistrados mencionaron que el teletrabajo, cuya modalidad se basa en la implementación de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, modificó el modo de desarrollar la tarea laboral y facilitó que el personal judicial tenga la posibilidad de realizar la prestación del servicio de manera remota, en cualquier momento.
Pero, «esta situación no debe generar la eliminación de la frontera entre el tiempo de trabajo y el tiempo de descanso genuino y personal de cada agente. Tampoco debe afectar la salud ni interferir directamente en el desarrollo de la vida privada de la/os integrantes del Poder Judicial», destacaron.
Por eso, determinó el órgano judicial, los trabajadores tendrán derecho a la desconexión digital «a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar».
Para llegar a esta resolución la Corte se basó en en el proyecto de ley de regulación del teletrabajo, que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados. En la mencionada iniciativa se sostiene que «la persona que trabaja bajo la modalidad de teletrabajo tendrá derecho a no ser contactada y a desconectarse de los dispositivos digitales y/o tecnologías de la información y comunicación, fuera de su jornada laboral y durante los períodos de licencias. No podrá ser sancionada por hacer uso de este derecho».
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Asimismo, según sostiene dicha normativa, «el empleador no podrá exigir a la persona que trabaja la realización de tareas, ni remitirle comunicaciones, por ningún medio, fuera de la jornada laboral».