Trabajo modificó la licencia laboral para padres en función de la vuelta a clases

Según lo dictaminado por el Ministerio de Trabajo de la Nación, será a través de un esquema mixto donde quienes tengan menores a cargo tendrán inasistencia justificada cada día en que sus hijos no concurran a la escuela.

La norma estará sujeta a la modalidad de asistencia a clases de cada jurisdicción de acuerdo a cómo determine la forma en que su ciclo lectivo se desarrolle dentro del calendario 2021.

De ese modo y por medio de la resolución 60/2021, rubricada por Claudio Moroni, titular de la Cartera de Trabajo se readapta la licencia parental vigente durante la suspensión de clases presenciales en el marco del Aislamiento Preventivo Social y Obligatorio como consecuencia de la pandemia de Covid19.

La disposición señala que, a partir del inicio del ciclo lectivo 2021 en cada jurisdicción, se considerará justificada la inasistencia en las siguientes situaciones:

Los días en que no concurran a clases presenciales y los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual.

Podrá acogerse a esta justificación solo un progenitor o persona responsable de los cuidados, por hogar.

La persona alcanzada por esta justificación deberá notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora mediante una Declaración Jurada con los datos del niño, niña o adolescente, grado / año que cursa y datos del establecimiento educativo al que concurre y lo días que no tendrían clases presenciales.

De cara a la vuelta de las clases «presenciales», por lo menos, «tres veces por semana» como manifestó en ministro de Educación nacional, Nicolás Trotta, generó la necesidad inmediata de adaptar la resolución -que se publicó con fecha 10/2/21- a las nuevas necesidades que estarán vigentes en los próximos días o semanas y compatibilizar la educación de los niños con la responsabilidad laboral de sus padres.

Su espíritu inicial fue contemplar la inasistencia justificada del «progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente». Y mantendrá ese carácter en tanto «su hijo/hija deba permanecer en el hogar de acuerdo al nuevo protocolo escolar de cada distrito».