Ante el reclamo del sector, el Estado decidió incorporar a los trabajadores de empresas de transporte interurbano al programa de Asistencia de emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), para que puedan cobrar el Salario Complementario.
La medida se estableció por la decisión administrativa 1183/2020 publicada en el Boletín Oficial que considera los reclamos de las empresas transportistas que «no reciben aporte alguno». También detalla que el haber complementario será para los meses de mayo y junio pasado y que consistirá en el 50% del sueldo neto del trabajador o de la trabajadora correspondiente a febrero de 2020, «no pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil, actualmente en $ 16.875, ni superar dos SMVM, o al total del ingreso neto correspondiente a ese mes».
A su vez, en el Boletín Oficial se establece que el Jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero, «podrá extender los beneficios» previstos en el decreto del ATP hasta el 30 de junio de este año inclusive, «modificando el universo de actividades, empresas y trabajadoras y trabajadores independientes afectados» tras la intervención del Comité «en función de la evolución de la situación económica».
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De acuerdo a fuentes oficiales, el reclamo de las compañías, Autotransporte Andesmar S.A. y El Rápido S.R.L. para ingresar al ATP fue realizado por el propio ministro de Transporte, Mario Meoni.