Luego de la reunión del presidente Mauricio Macri con los empresarios que participan del programa Productos esenciales dentro de Precios Cuidados, el ministro de Producción y Trabajo Dante Sica explicó detalles del acuerdo en conferencia de prensa, así como del decreto por el que se aprobó la nueva Ley de Lealtad Comercial.
En su intervención, acompañado por el secretario de Comercio Ignacio Werner, Sica contó: “Recién tuvimos una reunión con el Presidente y con las empresas que participan del programa Precios Cuidados Productos Esenciales, con las cadenas de supermercados y la Coordinadora de Productores de Alimentos (COPAL)”. Luego explicó que la reunión fue sobre todo para que el Presidente manifieste su “agradecimiento a los empresarios que participan, que han trabajado con nosotros este último mes para poner en marcha esta acción, por el esfuerzo que están poniendo para poder cumplir y acompañarnos durante estos meses”.
El ministro luego diferenció el acuerdo sobre los 64 “productos esenciales” de la canasta básica que permanecerán congelados por seis meses, de otras definiciones que circularon: “Esto no es una política anti inflacionaria y no es un congelamiento de precios, que en general es una decisión unilateral por parte del Ejecutivo, cuyos fracasos conocemos. Estamos ante un acuerdo voluntario en un set de productos que más que una política anti inflacionaria es una política de ingresos que complementa lo que venimos haciendo”.
Respecto de la nueva Ley de Lealtad Comercial Sica aclaró que todos los detalles de la misma se vinieron trabajando con los empresarios, «así que las reglas de juego y todo lo que hace a la cuestión administrativa estaban claras». Y añadió: “Tenemos que separar lo que es el programa de Precios Cuidados y Productos Esenciales de la Ley de Lealtad Comercial. Ustedes saben que los países que le han ganado la batalla a la inflación han tenido dos grandes fundamentos: por un lado la consistencia macroeconómica, tener cuentas públicas sanas, no usar el Banco Central como fuente de emisión, y por otro lado competencia en los mercados”.
En ese sentido, añadió: “El decreto que hemos sacado de Lealtad Comercial apunta a dar instrumentos al Gobierno para poder cubrir un bache que teníamos en materia de fortalecimiento del mercado interno, donde no había una ley que nos permitiera actuar en casos de competencia desleal. Los instrumentos que legalmente tenemos son los de la ley de Defensa de la Competencia, que revisamos en años anteriores y formalizamos su reglamentación, y por otro lado tenemos la Ley de Defensa del Consumidor, que es del 93 y es muy importante, respecto de la que en este decreto hemos hecho un aggiornamiento para que todos los temas de arbitraje puedan hacerse online”.
Según el decreto publicado este lunes, la ley apunta contra 13 conductas que serán consideradas como ilegales: 1. Actos de engaño, 2. Actos de confusión, 3. Violación de normas, 4. Abuso de situación de dependencia económica, 5. Obtención indebida de condiciones comerciales, 6. Venta por debajo del costo, 7. Explotación indebida de la reputación ajena, 8. Actos de imitación desleal, 9. Actos de denigración, 10. Violación de secretos, 11. Inducción a la infracción contractual, 12. Actos de discriminación y 13. La publicidad comparativa.
La nueva ley prevé por la violación de estas normas primero apercibimientos y luego multas de hasta 200 millones de pesos, suspensión del Registro Nacional de Proveedores del Estado por hasta cinco años, pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de los que gozare y clausura del establecimiento por un plazo de hasta 30 días.