Luego de la confirmación formal del plan de segmentación de tarifas de energía eléctrica y gas, este lunes la ministra de Economía Silvina Batakis confirmó que la inscripción para que los sectores de menor poder adquisitivo puedan mantener los subsidios se encontrará abierta desde este viernes 15 de julio.
“En materia energética el día 15, o sea este viernes, ya va estar lista, abierta para toda la población, la implementación de la instrucción que nos dio el presidente a través del decreto 332 de este año, que tiene que ver con la segmentación de las tarifas para los distintos tipos de población”, explicó la titular de Hacienda.
En base a lo detallado en el DNU 332/2022, se establecieron tres segmentos de usuarios, de acuerdo a su poder adquisitivo. El más alto pasará a pagar la tarifa plana de luz y gas, sin subsidio alguno, con una serie de aumentos escalonados bimestrales hasta llegar a su valor real. En el caso de los dos más bajos, deberán presentar una declaración jurada e inscribirse en el sitio Mi Argentina para mantener el beneficio.
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La primera categoría, para el segmento de altos ingresos, que irá sufriendo una gradual eliminación de los subsidios (en tercios bimestrales, hasta llegar a la tarifa plena), se aplica a hogares que reúnan al menos una de las siguientes condiciones: Ingresos mensuales totales iguales o superiores a $350.000 (3,5 canastas básicas), poseer 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años, poseer 3 o más inmuebles o tener una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.
El segmento de ingresos medios se define por cumplir al menos una de las siguientes condiciones: Ingresos mensuales totales del hogar entre $100.000 y $350.000 (entre 1 y 3,5 canastas básicas), poseer hasta 2 inmuebles o no poseer ninguno, tener hasta 2 vehículos con una antigüedad menor a 5 años y no poseer aeronaves, embarcaciones de lujo o activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.
Finalmente, el segmento de ingresos bajos incluye a los hogares con ingresos mensuales totales del hogar menores a $100 mil pesos (1 canasta básica), poseer 1 o ningún inmueble, no tener un vehículo con menos de 3 años de antigüedad (excepto para hogares con al menos una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad), no poseer aeronaves, embarcaciones de lujo o activos societarios que exterioricen capacidad económica plena, vivir en un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios de Organizaciones de la Sociedad Civil (Renacom), que al menos una o un integrante cuenta con Certificado de Discapacidad y el hogar en su conjunto perciba un ingreso mensual total menor a $150 mil, que al menos una o un integrante del hogar sea titular de un Certificado de Vivienda del Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP) o que al menos una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
En el caso de los últimos tres requisitos, si los ingresos mensuales totales del hogar son superiores a $100 mil pesos, si posee 2 o más inmuebles o al menos 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, serán inscriptos en el segmento 2. Los únicos sectores exceptuados de la segmentación son los hogares con personas electrodependientes inscriptas en el registro correspondiente o aquellos en los que funcione una entidad de bien público.
En todo el resto de los casos, los usuarios que deseen mantener los beneficios de los segmentos 2 o 3 deberán presentar una Declaración Jurada, tras lo que, cruzando información entre distintos organismos oficiales, se determinará a qué grupo pertenece.