El ministro de Transporte, Mario Meoni, a través de la Resolución 222/2020, publicada en el Boletín Oficial autorizó la reanudación del transporte automotor y ferroviario interurbano de jurisdicción nacional.
La resolución establece que «para la reanudación de los servicios de transporte automotor y ferroviario interurbano de pasajeros de jurisdicción nacional deberán aplicarse los protocolos respectivamente elaborados por el Comité de Crisis Prevención Covid-19 para el transporte automotor y el transporte ferroviario».
El Gobierno confirmó el retorno de los vuelos regulares solo para trabajadores esenciales
A su vez, la norma aclara que «las empresas operadoras de servicios de transporte automotor para el turismo nacional y las permisionarias de servicios de transporte automotor de carácter público, de tráfico libre y ejecutivo, podrán continuar prestando los servicios de traslado de trabajadores esenciales de actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio».
También, señala que los pasajeros que pretendan usar los servicios de transporte deberán portar el Certificado Único Habilitante para Circulación o exhibir la aplicación Cuidar en su teléfono. Para la reanudación, se deberán tener en cuenta pautas como las frecuencias, que se ajustarán de acuerdo a la demanda de los servicios, «no pudiendo en ningún caso superar aquellas actualmente registradas para cada línea».