La empresa de comida rápida McDonald´s sufrió un duro revés judicial. En medio de la pandemia, con baja de facturación y sin poder operar de manera normal, ordenó una serie de rebajas salariales y suspensiones a sus trabajadores, hecho que fue condenado por un fallo del Juzgado Nacional del Trabajo N°63.
La firma realizó estas acciones en contra de los intereses de sus empleados (casi 25 mil fueron suspendidos con el pago del 70% de su salario durante los meses de abril, mayo y junio) con acuerdo del gremio de pasteleros. Otros trabajadores denunciaron nulas condiciones de higiene y seguridad para prevenir el Coronavirus y recortes de haberes.
En medio de distintos reclamos, una trabajadora denunció a la firma que controla la cadena de hamburguesas, Arcos Dorados, solicitando los haberes impagos desde el inicio de la licencia que se tuvo que tomar para cuidar a un menor. La Justicia le dio la razón, basándose en el DNU oficial que prohíbe «despidos y suspensiones sin causa, por falta de trabajo o fuerza mayor».
Por otro lado, en la decisión que firmó la jueza María Alejandra D´Agnino, cita a la resolución 207/2020, por la que se considera justificada la asistencia del progenitor o persona adulta a cargo mientras dure la suspensión de clases en las escuelas. «La accionada tenía la obligación de abonar el haber íntegro de la actora. Desde tal óptica, no se exhibe razonable la aplicación del art. 223 bis de la LCT. que pretendio6 aplicar el principal», expuso.
«La urgencia del caso se encuentra sustentado en la necesidad de evitar que la situación de crisis sanitaria que atraviesa el país por la pandemia del COVID-19, tenga como correlato la masiva pérdida de empleos y, como en el caso de autos, de sus ingresos – remuneraciones- de carácter alimentario, por parte del colectivo de trabajadores», estableció la jueza.
Y, además, intimó a Arcos Dorados para que en el plazo de 48 horas abone los salarios impagos devengados por la empleada desde marzo hasta que se dicte una resolución del Poder Ejecutivo que disponga lo contrario o se reanuden las actividades habituales, bajo apercibimiento de aplicar una multa de $3.000 por cada día de demora en caso de incumplimiento.