Modifican jubilaciones anticipadas y se encienden alarmas también entre los gremios petroleros

La medida fue vista como un guiño al FMI. El Gobierno dio un nuevo paso en el reordenamiento del sistema previsional con la primera revisión del esquema de jubilación anticipada, hoy vigente en más de 50 actividades que desarrollan tareas insalubres.

Es la resolución número 164 publicada el martes pasado, firmada por la ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, quien dispuso un control más estricto para acceder al retiro con 50 años de edad y 25 de aportes en el caso del personal auxiliar y complementario de la industria petrolera, que representa hasta un 80% de las plantillas.

Aunque el gobierno minimizó los cambios, la CGT entró en alerta porque lo ve como el inicio de una reforma previsional. Dichos cambios desataron de inmediato una catarata de pedidos de audiencia por parte de los gremios y hasta la amenaza de un paro en la Patagonia por el temor a la eventual exclusión del régimen de más de 40.000 petroleros, que en el futuro podrían ver elevada su edad jubilatoria a los 65 años.

«Es el pedido del FMI de limitar las jubilaciones y bajar el gasto», explicaron desde el sindicato del petróleo y gas privado de Chubut, encabezado por Jorge Ávila.

Desde el ejecutivo, en cambio, minimizaron su impacto y aseguraron que lo que se busca es eliminar la «discrecionalidad» en la aplicación del régimen, junto con una mayor agilidad en el otorgamiento de las jubilaciones.

La controversia surge a partir de que la normativa redefine el alcance del régimen jubilatorio diferencial de los petroleros creado por un decreto de 1974. En septiembre del 2015, el entonces ministro de Trabajo, Carlos Tomada, avanzó con la resolución 897 en la delimitación de las tareas consideradas insalubres en la fase de explotación y exploración, siempre que fueran desarrolladas «en forma principal, habitual y permanente», pero sin hacer lo propio con las del personal de apoyo de los equipos en los yacimientos.

Ahora, la nueva normativa modifica dos artículos de la precedente en los que establece que el último grupo de trabajadores gozará del retiro temprano cuando «esté expuesto a los mismos riesgos, penosidad o agotamiento prematuro» que los de perforación, mantenimiento y reparación.

La medida pone la lupa sobre la actividad de los choferes de personal y de máquinas, soldadores, mecánicos, electricistas, guincheros y los técnicos de laboratorio, junto con los recorredores de pozo, personal de maestranza y vigilancia bajo el convenio petrolero.

La presunción de los funcionarios es que la resolución de Tomada, al no definir sus tareas con precisión, dejó una puerta abierta para que hubiese supuestos casos de abuso por personas externas a los yacimientos.

Así, a partir de ahora, los trabajadores deberán cumplir mayores requisitos para tramitar la jubilación temprana a la hora de acreditar las tareas realizadas y ser evaluados por el comité de técnicos.