Las empresas de colectivos deberán reservar 30% de su planta de choferes para mujeres

Esta semana se publicó en el Boletín Oficial la resolución que confirma la creación del Registro de Mujeres Aspirantes a Choferes de Colectivo (REMACC), a partir del amparo planteado por Erica Borda junto a la Defensoría General de la Nación.

Durante 12 años Borda fue chofer de la línea 140 hasta que, luego de un accidente laboral y de una licencia médica, la empresa la despidió. Luego de buscar empleo en otras líneas durante meses, recibiendo siempre como respuesta que no se incorporaban mujeres como choferes, en 2014 decidió iniciar una causa judicial denunciando esa discriminación laboral.

El octubre pasado, un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo condenó al Estado Nacional y a las empresas de colectivos del área metropolitana por discriminación contra las mujeres, lo que se ubica como el antecedente más inmediato de la decisión oficial de crear el REMACC.

Según se detalla en el Boletín, las empresas deberán reservar para las mujeres un cupo del 30% de la planta de choferes. Ahora, antes de convocar a nuevo personal, las empresas deberán remitirse al REMACC. El texto de la resolución aclara que “las empresas deberán presentar anualmente ante la Dirección de Protección e Igualdad Laboral constancia certificada expedida por la Adminstración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en la que se dará cuenta de la nómina de personal contratado”.