En las últimas horas, la Justicia Nacional de Trabajo falló a favor de la cautelar interpuesta por la Asociación Argentina de Aeronavegantes (AAA), resolviendo suspender los Decretos 825/24 y 831/24 publicados por el Gobierno Nacional de Javier Milei para declarar a la actividad aeronáutica como servicio esencial, una estrategia para limitar el derecho a huelga de los trabajadores del sector.
Em septiembre pasado, el Gobierno publicó ambos decretos declarando a la actividad aeronáutica como «esencial», por la vía deu una nueva reglamentación del artículo 2 del Código Aeronáutico. Desde el gremio que conduce Juan Pablo Brey consideraron que la medida se impulsaba “a los efectos de restringir, sino eliminar, el ejercicio del Derecho a Huelga y a Asambleas en los Lugares de Trabajo de los tripulantes de cabina de pasajeros representados por la Asociación Argentina de Aeronavegantes”.
Tras la resolución de la Justicia, Brey manifestó: “El fallo judicial a favor de nuestra presentación es muy importante para nuestra organización, porque entendíamos que el gobierno pretendía limitar nuestro legítimo derecho a huelga”. El recurso de amparo de Aeronavegantes se presentó en el mes de septiembre en el Juzgado Nacional de 1º Instancia Nº 56, a cargo de la Jueza Gabriela Cruz Devoto.
El fallo de la magistrada resguarda «tanto a la entidad sindical como a los tripulantes de cabina», tutelando «el Derecho de Huelga y de Reunión, la Progresividad de los Derechos Laborales la Autonomía y la Libertad Sindical». Esta decisión de la Justicia laboral fue celebrada Aeronavegantes, que destacaron que el Poder Ejecutivo Nacional venía demostrando “conductas lesivas a la Constitución Nacional y al marco protectorio del trabajo”.