El Gobierno, la CGT y la UIA acuerdan un piso del 75% de los salarios en abril y mayo

En vistas de atender la emergencia económica derivada del aislamiento social que requirió la pandemia y evitar los despidos, el Gobierno, la UIA y CGT alcanzaron un acuerdo tripartito que autoriza una baja salarial de 25% para trabajadores suspendidos durante los meses de abril y mayo.

Los máximos representantes de la CGT, Héctor Daer, Carlos Acuña, Andrés Rodríguez y Antonio Caló, junto a los representantes de la Unión Industrial, Miguel Acevedo y Daniel Funes de Rioja y por el Gobierno el Ministro de Trabajo, Claudio MORONI y el de Producción, Matías KULFAS alcanzaron un entendimiento que en breve tendrá carácter de ley.

Ese entendimiento será homologado por el Poder Ejecutivo y regirá para los meses de abril y mayo mediante un decreto o resolución que se emitirá en las próximas horas. Esta disminución de sueldos será para quienes no trabajaron producto de la cuarentena que ya comenzó su sexta semana en el país.

El acuerdo tripartito negociado durante los últimos días terminó de definirse en un extenso texto que establece que aquellos trabajadores que no cumplieron con sus tareas habituales ante la paralización de actividades impuesta por la cuarentena podrán ser suspendidos por sus empleadores con la garantía del pago del 75% de su salario neto.

El pilar del acuerdo ronda alrededor de que las empresas que suspendan a parte o la totalidad de su personal con ese 25% menos asumen con ello el compromiso de no efectuar despidos durante la vigencia del acuerdo.

También, queda expresamente determinado que la autorización de suspensiones no regirá para el caso de adultos mayores, trabajadores de grupos de riesgo, enfermos, embarazadas, o personal dedicado a tareas bajo el esquema de teletrabajo, los que seguirán cobrando la totalidad de su salario habitual.

También quedarán fuera del régimen de suspensiones con el pago del 75% del salario aquellos empleados que se desempeñen en actividades que quedaron exceptuadas del cumplimiento del aislamiento, como el caso de los trabajadores del sector sanitario.

“El monto que los empleadores deberán abonar como prestación no remunerativa o las asignaciones en dinero que se entreguen en compensación por suspensiones de la prestación laboral en este marco no podrá ser inferior al 75% del salario neto que le hubiere correspondido al trabajador en caso de haber laborado.

Otro detalle acordado que figura en el texto  es que “sobre éste monto deberán realizarse la totalidad de los aportes y contribuciones por la Ley 23660 y 23661 y el pago de la cuota sindical”. Y añade: “Solamente en esas condiciones o cuando se establezca un porcentual mayor, la autoridad de aplicación homologará en forma automática los acuerdos que se presenten, dando por cumplimentados los requisitos establecidos en el art. 223 bis de la LCT.

De no ser así, el acuerdo colectivo que presenten los sectores empresarios y sindicales, serán en cada caso sometidos, a consideración de la autoridad de aplicación, a fin de evaluar su procedencia, de acuerdo con la situación del sector o de la empresa”.

En ese caso, los empleadores podrán disponer la aplicación de las suspensiones en forma simultánea, alternada, rotativa, total o parcial, según sus respectivas realidades productivas.

El pago del 75% del sueldo neto funcionará como piso de garantía salarial para las remuneraciones correspondientes a abril y mayo. Las empresas podrán pagar a sus trabajadores una suma por encima de ese porcentaje sin necesidad de ninguna medida especial, pero si pretenden abonar el sueldo con un recorte mayor al 25% deberán alcanzar un acuerdo con el gremio del sector en el marco de la negociación colectiva de actividad.

Para la viabilidad de este entendimiento es de suma necesidad que rija una norma que lo homologue y por lo tanto, como anticipábamos se espera el dictado de un nuevo decreto o resolución que será público en breve.

Con la decisión del Gobierno de incrementar la asistencia estatal para pagar salarios hasta un monto equivalente al 50% del sueldo neto de cada trabajador directamente a través del Anses para evitar dilataciones bancarias, abrió una fuerte discusión entre empresarios y gremios sobre el alcance de la parte de los sueldos que debían seguir abonando los empleadores.