En las últimas horas la Cámara Federal, con voto dividido, planteó la anulación de todos los procesamientos en la causa conocida como “Gestapo antisindical”, que investigaba la persecución a dirigentes y funcionarios opositores durante el gobierno de María Eugenia Vidal en provincia de Buenos Aires entre 2015 y 2017.
Los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi votaron a favor de esta decisión, considerando que algunas acciones de inteligencia sobre gremialistas como el dirigente de la UOCRA Juan Pablo “Pata” Medida “podrían verse justificadas” mientras que el tercer juez del tribunal, Eduardo Farah, sostuvo que se trató de “deliberados e intencionales actos de inteligencia ilegal”.
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Los magistrados que favorecieron a ex funcionarios de Vidal, a integrantes de los servicios de inteligencia y a empresarios que estaban siendo investigados son los mismos que en su momento plantearon la hipótesis de los “espías cuentapropistas” y desvincularon al ex presidente Mauricio Macri del espionaje a los familiares de víctimas del submarino ARA San Juan.
El escándalo de la llamada “Gestapo antisindical” tramitó originalmente en el juzgado federal de La Plata a cargo de Ernesto Kreplak, que ya había procesado por violación a la ley de inteligencia y prevaricato a integrantes en la reunión del 15 de junio de 2017 en el Banco Provincia, cuyo video fue el origen de la investigación, incluyendo al exministro de Trabajo bonaerense Marcelo Villegas, al exsecretario de Justicia provincial Adrián Grassi, al senador Juan Pablo Allan, al intendente de La Plata Julio Garro, al exjefe de Asuntos Jurídicos de la AFI Juan Sebastián De Stéfano, al exjefe de Gabinete del organismo Darío Biorci y al exdirector operacional de Contrainteligencia Diego Dalmau Pereyra. Al pasar a los tribunales federales de Comodoro Py la investigación quedó en manos del juez Marcelo Martínez de Giorgi.
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“Nos encontramos entonces en condiciones de volver a afirmar que la resolución es inválida», dado que «se dotó al contenido de la filmación una serie de significaciones que derivaron en una imputación que devino prematura e inconexa no solo con el plexo probatorio existente al momento de decidir, sino también con los aportes que habrían realizado las personas involucradas en el proceso”, plantearon en su vallo Llorens y Bertuzzi.
Para Farah, en cambio, “ninguna intención, por más legítima y genuina que sea, puede justificar la violación de normas constitucionales y legales y la desnaturalización de funciones públicas como las que han sido probadas”. “Si había llegado a conocimiento de las autoridades un posible delito (o, más específicamente, un accionar delictivo desplegado en el tiempo con la presunta complicidad de autoridades políticas y judiciales,) el único actuar debido era su canalización a través de los procedimientos legales vigentes”, remarcó el magistrado.