Freno judicial al Movimiento Empresarial Antibloqueos, impulsado por Florencia Arietto

En las últimas horas la Cámara Civil ratificó la previa decisión de la Inspección General de Justicia rechazando la inscripción del Movimiento Empresarial Antibloqueos (MEAB), un intento de crear una asociación civil impulsada por las empresas como herramienta contra lo que definen como “bloqueos sindicales extorsivos”, una iniciativa motorizada por la abogada Florencia Arietto.

Las objeciones judiciales apuntan sobre todo al “objeto social” de la entidad, que propone “una Red de Ayuda y Asistencia Integral para empresas de cualquier rubro y/o entidades de cualquier tipo”, ofreciendo servicios “para aquellos que resulten ser víctimas de bloqueos sindicales extorsivos y/o víctimas de cualquier ‘accionar delictivo’ que implique la paralización de la actividad empresarial y/o laboral y/o la imposibilidad del libre ejercicio del comercio, industria o servicio a los principios de libertad económica e iniciativa privada”.

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La IGJ ya había negado en julio la inscripción de la MEAB por considerar que “el objeto social de MEAB se contrapone con el ejercicio de derechos colectivos de los trabajadores a los que califica –cuando impliquen la paralización de la empresa- como ‘bloqueos sindicales extorsivos’ y/o ‘accionar delictivo’”.

Luego de esta decisión, la entidad modificó parcialmente su objeto, eliminando las referencias a los bloqueos (aunque manteniendo su nombre), una discordancia que la justicia considero que puede inducir a error, explicando que “resulta contradictoria la postura de la propia apelante, puesto que, por un lado, elimina toda referencia a los ‘bloqueos sindicales’ y, al mismo tiempo, mantiene dicha referencia en el nombre”. Al respecto, el tribunal concluyó planteando: “El nombre de la persona jurídica debe evitar denominaciones que induzcan a error sobre la verdadera actividad –objeto– de la asociación”.