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Extienden la responsabilidad a los comercios por despidos masivos en PedidosYa

La empresa PedidosYa despidió a más de la mitad de sus repartidores esta semana y encendió una polémica que podría cambiar el negocio de las aplicaciones en el país. Las delivery podrían sufrir una ola de juicios masivos luego de los despidos que han venido realizando.

El caso más resonante de estos días fue la compañía PedidosYa que desvinculó a 450 de los poco más de 1.000 repartidores que forman parte de su nómina.

Esto es una parte de un conflicto más grande, que implica que la responsabilidad se extendería entonces a los comercios y al Estado, quien debería controlar y regularizar esta situación.

En el sector, señalan que era «algo que se veía venir», ya que era la «única que había hecho las cosas bien», en referencia a que tenía a los mensajeros contratados en relación de dependencia, mientras que sus dos rivales apelan a trabajadores independientes inscriptos en el Monotributo.

El conflicto reedita la discusión sobre la flexibilización laboral y los nuevos modelos de negocio que ofrece la tecnología. Sin dudas, se trata de un momento bisagra en cuanto al enfoque local de la «economía de las apps» y los problemas legales que eso conlleva.

Los abogados laboralistas al ser consultados aseguraron que “lo acontecido forma parte de una estrategia de PedidosYa para migrar hacia el modelo de negocios de sus competidoras”.

«Lo que está pasando es que está readecuando los contratos: los van a pasar de blanco a negro. Tenían en relación de dependencia a gran parte de los repartidores y los van a contratar como autónomos, que es mucho más barato», dicen los abogados.

Horacio Schick, laboralista entendido en el tema describe al negocio del delivery online como una «intermediación entre un comercio y la aplicación (que aparece como contratista) que no se adecúa a la ley de Contrato de Trabajo (LCT). Es una simulación de una tarea de la que antes se hacía cargo el que brindaba el servicio».

Según Shick, las formas de «contratación» de las apps se enmarcan dentro de una tendencia global que estaba incluida en el proyecto de Reforma Laboral presentado por el Gobierno, donde se contemplan a los «para-subordinados». Bajo esta figura, se intenta ofrecer «cierto estatus de protección laboral pero sin estabilidad», indica el letrado.

De esta forma, los trabajadores seguirían siendo autónomos, pero tendrían ciertos beneficios, como vacaciones u obra social, aunque la relación laboral podría discontinuarse sin el pago de indemnizaciones.

«Las empresas creen que están cubiertas si el empleado acepta facturar. Pero esto contradice todo el derecho laboral, que establece que esos acuerdos no son válidos porque lo que rige es el la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), sin importar la forma que adopte», añade.

En este marco, los expertos consultados hacen referencia a un «antes y un después» en el mercado del delivery.

En primer lugar, porque habrá un gran número de demandas colectivas que no sólo afectarán a PedidosYa, sino a sus competidoras. En segundo término, porque la Justicia tiene el suficiente sustento para dictaminar que el comercio es solidariamente responsable en caso de un litigio o un accidente en vía pública.

 

Así es que dentro del término de responsabilidad solidaria los puntos de venta también pueden ser denunciados, aunque de momento las críticas de los trabajadores se dirigen hacia las compañías de plataformas.

De modo que de acuerdo a la nueva operativa «los repartidores van a poder demandar tanto a PedidosYa como al comercio con el que trabajaba con habitualidad», ya que suelen pasar gran parte de su tiempo laboral en estos locales.

Schick coincide en que «estos establecimientos son solidariamente responsables, según el artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo, porque las entregas a domicilio son una actividad propia del punto de venta y este servicio lejos está de ser algo casual o extraordinario».

El letrado remarca que si bien los establecimientos pueden realizar los repartos a través de terceros, «esto no significa que no sean responsables en caso de una demanda iniciada por un repartidor» o ante un accidente que pudieran tener mientras realizan el servicio.

Bajo la óptica de la Justicia, «estamos hablando de una asociación entre las aplicaciones y los restaurantes que no se ajusta a la normativa vigente», argumenta.

«La solidaridad rige para lo salarial. Es decir, indemnizaciones, sueldo y multas por empleo no registrado; y para las deudas sindicales, de obra social, aportes y contribuciones, incluidas las derivadas de accidentes laborales» pero además señalan que Por otra parte esta responsabilidad no se atañe solamente al pago de las contribuciones patronales, sino que tanto “los comercios como las aplicaciones deberán responder de manera solidaria ante un accidente que sufran los repartidores”.

Esto da cuenta de las irregularidades que presenta la «economía de las plataformas» con respecto a la legislación laboral vigente.

Sobre este punto, Cerutti apunta que la Asociación de Personal de Plataformas (APP) que nuclea a los cadetes de estos servicios online, había notificado a PedidosYa la convocatoria a elecciones de delegados gremiales en la firma.

«La empresa eligió desvincular a los empleados que se postulaban como candidatos. Esto constituye una falta grave, en la que creo que debe intervenir la Secretaría de Trabajo, porque sería un tema de discriminación sindical», señala Cerutti.

El despido de representantes gremiales no es una novedad en el sector. Trabajadores denuncian que hace unas semanas «la compañía para la que trabajaba la mayoría de los miembros de la comisión directiva decidió cesantearlos», razón por la cual iniciaron las demandas.

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