La Secretaría de Comercio encabezada por Matías Tombolini dispuso para PyMES, microempresas y empresas de la industria y el comercio la obligación de presentar informes mensuales respecto de sus precios vigentes y cantidades vendidas. La medida, oficializada por la publicación de la Resolución 67/2023 en el Boletín Oficial, alcanza tanto a los productos finales como a los intermedios.
La medida alcanza a comercios o industrias que en el año 2019 hayan registrado ventas totales en el mercado interno superiores a ciertas cifras establecidas por categorías, que ahora deberán informar mensualmente en el Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica (Sipre) sus precios vigentes y las cantidades de bienes finales o intermedios vendidas hasta el 31 de diciembre de 2023.
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Las microempresas se verán obligadas a informar de sus movimientos desde ventas mayores a $ 23.560.000 en el caso del comercio y a $ 21.990.000 en el de la industria; para el caso de las pequeñas empresas los límites son a partir de $ 141.680.000 y $ 157.740.000, respectivamente, mientras que para las medianas del tramo 1 las cifras se ubican en $ 1.190.400 y de $ 986.080 y para las del tramo 2 será de $ 1.700.590.000 y $ 1.441.090.000.
La resolución plantea que “por ventas totales en el mercado interno, se entiende al valor de las ventas realizadas con destino en el territorio nacional, excluidos el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Interno que pudiera corresponder”. Las empresas deberán informar también el stock de todos sus productos durante enero de 2023, con plazo hasta el 10 de marzo para la primera presentación.
La normativa detalla luego que “el aumento general de precios en un contexto económico social complejo como el que la Argentina y el mundo en general se encuentra atravesando, afecta especialmente el bienestar general de la población”, considerando a continuación que la coyuntura “exige la toma de decisiones urgentes que establezcan marcos de racionalidad y estabilidad, y que permitan retomar un camino de recuperación económica y establecer las bases para un crecimiento sostenible”.
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Por esto, “se considera pertinente continuar con la implementación de políticas relacionadas con la recuperación económica, el fortalecimiento del mercado interno, el sostenimiento y creación de empleo, el incremento de las actividades productivas y comerciales, la defensa de los derechos de los consumidores y la ampliación de la oferta de bienes y servicios”. Luego remarca que “para el satisfactorio cumplimiento de esas metas resulta indispensable la colaboración entre el Estado y los actores privados, de modo que permita contar con información cierta y actualizada para identificar y caracterizar las diversas problemáticas de los sectores económicos implicados en la producción, con mayor impacto en la población y la actividad económica del país”.
Para terminar, la resolución considera necesario actuar “previniendo situaciones de desabastecimiento o escasez de insumos y bienes finales, así como la continuidad de servicios asociados a la producción y el comercio” y concluye remarcando que “resulta necesario disponer de información estadística relativa a precios de bienes finales e insumos, así como de datos de producción, capacidad instalada utilizada y situaciones de desabastecimiento o escasez, que permita acceder a un conocimiento constante y actualizado de los mismos en sus distintas etapas de producción, distribución y comercialización”.