El Senado convirtió en ley los cambios en el Monotributo, los Bienes Personales y también el nuevo régimen de biocombustibles

La Cámara de Senadores convirtió en ley un proyecto que crea el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes, que permitirá que los monotributistas no deban afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.

En el mismo debate, el Senado sancionó de manera definitiva un expediente que reforma los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales con el fin de fomentar el ahorro en pesos destinado a ampliar las exenciones en los mencionados Impuestos para los activos de inversiones financieras en moneda nacional. Ambos proyectos fueron aprobados por unanimidad y convertidos en ley.

La norma elimina el retroactivo con lo cual los monotributistas no deberán afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618. Así se resolvió dar marcha atrás con la categorización aplicada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a monotributistas, que les generó deudas impositivas por hasta $25.000.

Además, la norma incluye un esquema progresivo de actualización de escalas que duplica el incremento en las categorías más bajas al 77%, cuando el incremento previsto para este año es del 35%.

En tercer lugar, genera un esquema para que los pequeños contribuyentes puedan mantenerse en el régimen simplificado a pesar de haberse excedido en la facturación – aunque con topes: no podrán aprovecharlo quienes superen 1,5 veces el monto de facturación anual de la categoría más alta ($5,5 millones anuales) o tengan bienes por $6,5 millones o más. Y, por último, crea un régimen de regularización de deudas en hasta 60 cuotas y tasa de interés de no más del 1,5% mensual.

Pero también, tras su paso por Diputados a principios de mes, la Cámara de Senadores aprobó el nuevo régimen de promoción para la industria de los biocombustibles, con 43 votos a favor y 19 votos en contra. La norma apunta a brindar certidumbre y condiciones que permitan el desarrollo de una actividad diversificada y eviten la concentración en el sector.

Con el objetivo de proteger la diversidad de emprendimientos asociados al biocombustible la ley establece en forma taxativa que las empresas productoras y/o destiladoras de hidrocarburos no podrán ser titulares ni participar de empresas dedicadas a la actividad.

La ley tendrá vigencia hasta el año 2030 y establece nuevos porcentajes de cortes para nafta y gasoil en relación con los distintos componentes que participen de su elaboración: en el caso de la nafta, pauta un mínimo obligatorio de 12% de bioetanol y una eventual reducción al 9%. Para el gasoil el corte mínimo del biodiésel será de un 5%, con una eventual reducción al 3%, mientras que para el caso de la caña de azúcar deberá contempla un mínimo de 6% de mezcla obligatoria.