«El nuevo uso de armas es una medida inconstitucional que reviste gravedad jurídica y social»

Son días de debate sobre la polémica resolución del Ministerio de Seguridad​​  ​-​la Nro 956 de 2018​-​ que aprueba un nuevo reglamento general para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas de seguridad ​F​ederales ​-​Gendarmería, ​Prefectura, Policía ​F​ederal y ​P​olicía de ​S​eguridad ​A​eroportuaria​- y que​ no aplica para policías locales, ni policía de la ​C​iudad ni policía de la provincia de Buenos Aires, y hay posiciones muy encontradas al respecto.

Al analizar esta disposición, Valeria Calaón del ILSED (Instituto Latinoamericano de Seguridad y Democracia) señaló que esta «es una medida efectista, con un reglamento muy vago, que no incorpora pautas de actuación concretas, que va en contra de lo establecido por las normas internacionales y por los propios códigos de fondo que ha sacado el Ministerio de Seguridad​».

En nuestra consideración,​ ​»n​o hay ninguna necesidad de ampliar la ​d​octrina de Naciones Unidas para el uso progresivo y excepcional de las fuerzas y realmente es inconstitucional​ por lo que r​eviste una gravedad importante tanto a nivel jurídico como a nivel social», afirmó la investigadora.

​»Esta es una ​reforma que pretende ser normativa pero no deja de ser una norma de maquillaje toda vez que, finalmente, el control judicial sobre los hechos de los agentes policiales recae sobre el poder judicial. Digamos que esta resolución ministerial le da un guiño a las fuerzas para la utilización de armas de fuego…​pero luego será la Justicia quien determine esta interpretación ​abierta» argumentó.

En ese sentido amplió que ​»Esta interpretación ​incorpora términos vagos como peligro inminente, ​​¿Qué es peligro inminente?​ -se pregunta Calaón-​​¿Qué ​habilita la utilización de armas de fuego en casos de fuga​?​​​eso no es legítima defensa​ -se responde-​. Por lo tanto la fuga no es un peligro inminente sobre la vida de las personas, de los manifestantes, y la interpretación judicial sobre esta situación va a recaer sobre los agentes policiales, entonces este guiño que pretende tener este reglamento es demagogia porque finalmente los damnificados van a ser los ciudadanos, esto va a traer caos y los propios agentes policiales van a ser los damnificados como es en el caso de Chocobar​ que recibió la palmada de la fuerza pero en la Justicia está procesado».​

​En cuanto a la legitimidad que puede darle el 60% de apoyo popular a la medida discrep​ó en que​ «la ciudadanía pide más mano dura», a lo que señaló que «si es cierto que nuestro país tiene un problema de seguridad grande y que debe ser atacado con políticas públicas a mediano y largo plazo como es en el resto de las áreas​».

Calaón caratuló a la​ resolución ​como «​netamente efectista​»​ ​en​ busca ​de​ impacto en esa parte de la sociedad que, tal vez, cree que esta es una medida que puede venir a resolver algo, pero la realidad es que la titular de la cartera del Ministerio de Seguridad tendría que pensar en alguna política pública de largo plazo que realmente d​é​ un cambio estructural como, por ejemplo, mejores condiciones a las fuerzas, mejor instrucción policial, capacitación para los operativos, tareas de prevención, que cada una de las fuerzas pueda trabajar para lo cual fue creada y especializada.