Este jueves el Gobierno Nacional oficializó el pago de la “asignación no remunerativa” de cinco mil pesos para los trabajadores del sector privado con la publicación del Decreto 665/2019 en el Boletín Oficial, que establece el pago en octubre o “en los plazos, cuotas y condiciones” que las partes establezcan.
Como justificación para la medida, acordada luego de varias reuniones entre el Ministerio de Producción y Trabajo, cámaras empresariales y la CGT, se destacan “los recientes acontecimientos económico-financieros desencadenados y la incertidumbre generada en el marco del proceso eleccionario en curso”.
En los considerandos del decreto se añade: “Que ante el impacto socio-económico producido por dicho fenómeno, resulta urgente y necesario adoptar las medidas pertinentes para que, con la celeridad del caso, se mantengan los estándares adquisitivos de las remuneraciones que han sido considerados por las partes colectivas al momento de celebrar los citados acuerdos”.
Esta “asignación” se podrá pagar “en los plazos, cuotas y condiciones que establezcan las partes signatarias de los Convenios Colectivos de Trabajo en ejercicio de su autonomía colectiva”. También se aclara que “cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores percibirán la asignación en forma proporcional”.
El decreto, que lleva la firma de todo el Gabinete de ministros, confirma que se trata de un adelanto a cuenta de futuros aumentos, estipulando que la suma otorgada “se compensará en las próximas revisiones salariales”. Y agrega: “Los empleadores que hubiesen otorgado, unilateralmente o por acuerdo de manera extraordinaria, otros incrementos sobre los ingresos de los trabajadores a partir del 12 de agosto de 2019, podrán compensarlos hasta su concurrencia con la suma total”.
El decreto confirma que quedan excluidos del pago los trabajadores del sector agrario, el personal de casas particulares y “los trabajadores del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquiera sea su modalidad de vinculación y/o el régimen laboral aplicable”.