Dentro del megaproyecto de Emergencia que ingresó al Congreso, según uno de los 86 artículos que conforman el paquete se podría otorgar por decreto una suma fija a cuenta de las paritarias.
Así el proyecto de ley de «Solidaridad Social y Reactivación Productiva», que sería debatido en un trámite relámpago entre el jueves y viernes próximos, se faculta al Poder Ejecutivo a disponer en forma obligatoria » incrementos salariales mínimos» en el sector privado. Sería algo así como imponer el piso para las paritarias, según confirman fuentes oficiales.
Aunque la oposición amenaza con no dar cuorum para la aprobación de la ley, el oficialismo recurre a sus aliados en buscas de mayoría, mientras el monto del aumento continúa en análisis, aunque entre los gremialistas y los empresarios circula una cifra que oscilaría entre los 6000 y los 10.000 pesos. El pago sería en cuotas como suma fija en carácter no remunerativo y alcanzaría también a los estatales.
El número final se prevé puede surgir de una reunión entre gremios y empresarios que –aunque aún no tiene fecha- se realizará durante los próximos días y de la que participarán también funcionarios del Ministerio de Trabajo que conduce, Claudio Moroni.
Con esta primera suba se estirarían hasta marzo las primeras negociaciones salariales de 2020´que serían en marzo, mismo mes en que se defina el Presupuesto anual de la Argentina.
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Con el mismo criterio que se hizo en las jubilaciones, la medida serviría para apuntalar los salarios más bajos y podría modificar temporalmente el esquema tradicional de las paritarias sectoriales, con una suma fija, cuyo monto sería el que disponga el Presidente por decreto, y otro ajuste porcentual derivado de la negociación entre los empresarios y los sindicalistas. Volverían así las paritarias mixtas.
Algo de este es lo que se viene hablando desde Tucumán y en el que la UIA pareció estar de acuerdo. La medida apunta en el corto plazo a bajar la inflación y reducir la brecha salarial que se acentuó en algunas actividades a partir de la devaluación y los coletazos de la crisis económica.
El artículo en cuestión sobre el que gira el debate incluye tres puntos fundamentales:
-Disponer en forma obligatoria que los empleadores del sector privado abonen a sus trabajadores incrementos salariales mínimos.
-Eximir temporalmente de la obligación del pago de aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino creado por Ley N° 26.425 sobre los incrementos salariales que resulten de la facultad reconocida en el inciso anterior o de la negociación colectiva.
-Efectuar reducciones de aportes patronales y/o de contribuciones personales al Sistema Integrado Previsional Argentino creado por Ley N° 26.425 limitadas a jurisdicciones y actividades específicas o en situaciones críticas.