Día no laborable o doblemente remunerado para el personal doméstico

Este miércoles 3 de abril se celebra el día del Personal doméstico, por lo que se considera franco o bien como un día a ser abonado por el doble de la remuneración correspondiente. Los salarios del personal doméstico pueden ser mensuales o por hora, con o sin retiro, y van variando por categorías. En caso de que hayan debido trabajar este miércoles, se recibirá el doble del salario básico correspondiente al día o a las horas trabajadas.

El último cuadro salarial vigente, aprobado el pasado mes de marzo, establece que la categoría «personal para tareas generales» (limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas), establece un sueldo por hora de $89,50 para el personal que no viven en el hogar (con retiro) y de $96 para los que viven en el hogar (sin retiro), mientras que en términos mensuales los salarios son de $11.046,50 y $12.283,50, respectivamente.

El “personal para tareas específicas” (cocineros y cocineras contratados exclusivamente)cobrará $102 por hora (con retiro) y $112 (sin retiro), mientras que el salario mensual será de $12.590 y $14.014,50, según corresponda. Los supervisores (que coordinan tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo), reciben $108 por hora (con retiro) y $118 (sin retiro), mientras que mensualmente perciben $13.551,50 y $ 15.095, respectivamente. Los “caseros” para tareas de cuidado general y preservación de una vivienda, cobran $96 la hora y $12.283,50 por mes.

La categoría de “asistencia y cuidado de personas” (atención no terapéutica para personas enfermas, con discapacidad, niños, adolescentes o adultos mayores) percibe $96 y 108 la hora, según sea con o sin retiro, y $12.283,50 y $13.689 al mes, según los mismos criterios. El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que desempeñe más habitualmente.

También se establece la aplicación de un adicional de 25% sobre los salarios mínimos en ciertas zonas definidas como “desfavorables”: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el partido de Patagones (Provincia de Buenos Aires).