Otra vez la Economía metió la cola. Mediante la decisión administrativa 524 de la jefatura de Gabinete nacional que se dio a conocer este sábado por la noche, el Gobierno amplió a partir del lunes a once de abril nuevos rubros dentro de las actividades exceptuadas para cumplir la cuarentena.
Las principales novedades pasan por las consultas médicas y odontológicas, con turno previo, y la venta online o telefónica de cualquier producto siempre y cuando no demande el contacto personal con los clientes, es decir, que se entregue vía delivery.
La nueva nómina responde a excepciones que habrían solicitado los gobernadores y habilitan a ciudad de Buenos Aires y todas las provincias excepto Tucumán y Santiago del Estero, territorios desde donde no llegaron requerimientos.
El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, a cargo del análisis de la ampliación o reducción de las actividades habilitadas según al desarrollo que vaya adquiriendo la pandemia, consideró de acuerdo a los planteos que fueron acercando durante los últimos días los gobernadores, al listado de actividades exceptuadas se le agregarán a partir del lunes las siguientes 11 actividades:
-Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
-Oficinas de rentas de provincias, municipios y de CABA, también con sistema de turnos y guardias mínimas.
-Registros nacionales y provinciales, como los de Automotor o de la Propiedad Inmueble.
-Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios podrán abrir sus puertas al público.
-Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
-Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
-Ópticas, con sistema de turno previo.
-Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos.
-Los establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
-La producción para la exportación, siempre con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo, que encabeza Matías Kulfas.
-Procesos industriales específicos, que también deberán contar con la autorización de la cartera de Producción.
Todas las actividades y servicios mencionados en el artículo quedan autorizados para funcionar, sujetos a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales”, detalla el artículo 2 de la norma.
Y agrega que “en todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus”.
Se señala además que los empleadores “deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de los trabajadores”. Las personas alcanzadas por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación.
A su vez se explicita que es cada provincia la que deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades exceptuados, pudiendo limitar el alcance de las mismas a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios o establecer requisitos específicos para su desarrollo.
Es de destacar, y así lo deja explícito la nueva resolución que las excepciones a la cuarentena también podrán ser suspendidas por cada mandatario provincial si lo considera necesario, y también podrá intervenir el jefe de Gabinete al mismo efecto.