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Confirman un nuevo alivio fiscal para productores rurales afectados por la sequía

En las últimas horas, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca oficializó hoy, mediante el decreto 193/2023, un nuevo beneficio para productores cuya actividad principal sea la agrícola -ganadera y tengan un inmueble principal para sus actividades en zona de emergencia o desastre agropecuario por sequía una serie de beneficios fiscales para paliar el impacto negativo del fenómeno climático.

Según se detalló, la medida apunta a productores en zona de emergencia o desastre “declarada, homologada y vigente como tal en los términos de la Ley N° 26.509 y sus modificatorias, a la fecha de entrada en vigencia de este decreto y las que se declaren y homologuen hasta el 31 de diciembre de 2023”.

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Este sector de productores agropecuarios se beneficiará con una suspensión “hasta el próximo ciclo productivo” de la iniciación de juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares; la suspensión del ingreso de los anticipos correspondientes a los impuestos a las ganancias, bienes personales o del fondo para la educación y promoción cooperativa con vencimientos entre el 1° de febrero de 2023 y la fecha de finalización de la emergencia o desastre.

También podrán obtener un diferimiento, hasta la finalización del ciclo productivo siguiente, del vencimiento de las obligaciones de pago de declaraciones juradas correspondientes a los impuestos a las ganancias, lo mismo que los tributos sobre bienes personales y/o del fondo para educación y promoción cooperativa.

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