Con dictamen positivo, el proyecto de Teletrabajo podría obtener este jueves media sanción en Diputados

La comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara baja emitió dictamen de mayoría sobre el proyecto que regula la modalidad de trabajo a distancia, al establecer los derechos laborales de los empleados y las obligaciones de los empresarios.

Así, la regulación del teletrabajo en la Argentina ya tiene luz verde para ser debatida este jueves, a las 16, en la sesión virtual de la Cámara de Diputados. El despacho cosechó un alto consenso parlamentario, con la rúbrica del Frente de Todos, el Interbloque Federal y Juntos por el Cambio, aunque la principal bancada opositora adelantó que presentará disidencias parciales y el interbloque Unidad para el Desarrollo anticipó que presentará su propio despacho de comisión.

La presidenta de la comisión Vanesa Silvey (Frente de Todos) y el vicepresidente Albor Cantard (Juntos) encabezaron el último encuentro, luego de tres audiencias donde expusieron los principales dirigentes sindicales y empresarios, y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

El dictamen de mayoría que fue aprobado incluye el derecho a la desconexión digital, con la prohibición de que el empleador se comunique con el trabajador fuera de la jornada laboral, además del derecho de pautar horarios compatibles para quienes tengan que cuidar a menores de 14 años, personas con discapacidad o adultos mayores dependientes.

En ese sentido, establece que las regulaciones específicas de esta modalidad de trabajo «se determinarán para cada actividad mediante la negociación colectiva respetando los principios de orden público establecidos en esta ley».

Según manifestó Siley, desde el año 2007 «se está buscando impulsar esta iniciativa» y destacó la importancia de poder «haber confluido en un dictamen de consenso» para dotar a la ley de teletrabajo de los «presupuestos mínimos» de esa modalidad y «delegar las especificaciones en los convenios colectivos de trabajo.

Cantard, destacó las perspectivas del proyecto señalando que  «puede ayudar mucho a la necesidad de generar empleo y dar trabajo pero remarcó que «que hubiese sido importante que se contemplara alguna normativa vinculada a la promoción e incentivo para las pymes».

El dictamen determina que las personas que trabajen contratadas bajo esta modalidad gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial.

También figura la voluntariedad, que contempla que “el traslado de quien trabaja en una posición presencial a la modalidad de teletrabajo, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada, debe ser voluntario y prestado por escrito”. Un aspecto que encontró cierta resistencia fue la «reversibilidad», que sostiene que, para los que comienzan la relación laboral con teletrabajo “el eventual cambio a la modalidad presencial operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva”.

El proyecto fija la obligación por parte de las empresas de brindar el equipamiento -hardware y software-, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el trabajo a distancia, mientras que la compensación por los mayores gastos tanto en conectividad como en consumo de servicios que deba afrontar la persona que trabaja bajo la modalidad del teletrabajo “operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva” y quedará exenta del Impuesto a las Ganancias.

El proyecto establece además que la jornada de trabajo deberá ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo, de conformidad con los límites legales y convencionales, tanto en lo que respecta a las tareas desarrolladas fuera de línea, como aquellas que se realizan en línea.

La modalidad de trabajo a distancia «debe ser voluntaria por consentimiento escrito y puede ser revertida con una notificación por el trabajador», que podría regresar así al trabajo presencial.

Otro punto clave es que se garantizan los «derechos colectivos» de los trabajadores e igual representación sindical a la del conjunto de las personas que trabajan en forma presencial.