Ampliación de REPRO: es inminente el lanzamiento de subsidios a empresas para pago de salarios

Se aplicará por medio de un decreto del Ejecutivo para socorrer a empresas de hasta 100 empleados que estén en riesgo de quiebra debido a la crisis económico financiera que ha desencadenado la pandemia, sumada a la endeble situación en la que ya se encontraban las pequeñas y medianas empresas luego de dos largos años de recesión y estancamiento productivo.

El Gobierno es consciente de que, de de la mano del decreto que prohíbe los despidos, debe lanzar en paralelo un megaplan de asistencia a empresas a través de subsidios estatales para pago de sueldos, además de la reducción de las contribuciones patronales y el corrimiento de vencimientos impositivos que den algo de aire particularmente a sectores cuya facturación hoy es cero.

Podemos hablar de una especie de ampliación de los conocidos como REPRO que en este momento se encuentra en pleno estudio por parte de las carteras de Trabajo y Producción. El Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria regirá al menos hasta el 30 de abril y contemplará subsidios equivalentes como máximo al valor del Salario Mínimo, de $16.875 para PyMes de hasta 25 empleados y pagos inferiores y escalonadas para firmas de entre 26 y 100 nóminas.

El borrador que circula en algunos despachos indica que para las empresas con más de 100 trabajadores que pudiesen también estar en riesgo se podrá echar mano  al Programa de Recuperación Productiva a través de una prestación mínima de $6.000 y máxima de 10 mil pesos por trabajador como “asignación no contributiva”.

¿En qué casos las empresas encajarán dentro del plan? Cuando sus actividades se vean afectadas directamente, sus trabajadores estén contagiados por el Covid-19 o en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al Coronavirus”. La otra cara de la moneda es que mientras rigen los beneficios, no podrán suspender o despedir personal ni por las vías habituales ni tampoco por “fuerza mayor”

Un nuevo decreto del Gobierno prohíbe los despidos y suspensiones por 60 días

La previa del decreto, deja afuera de los beneficios a los sujetos jurídicos que realizan las actividades y servicios “esenciales” dentro de la cuarentena como alimentarias y laboratorios y farmacias.

Falta definir también la cuestión del subsidio o ayuda  a escuelas e institutos privados, que también necesitarán pagar salarios y se encuentran completamente afectados también como causa de la crisis económico social en la que, muchos de aquellos padres que reciban ingresos mínimos no podrán afrontar las cuotas de sus hijos, ni compromisos asumidos mensualmente en situaciones normales.