Afinan la reglamentación de la Ley de Economía del Conocimiento, con grandes beneficios impositivos para empresas

Este jueves el Ministerio de Desarrollo Productivo definió algunas normas complementarias para la implementación de la ley de Economía del Conocimiento, reglamentada en diciembre. Los detalles se dieron a conocer con la Resolución 4/2021, publicada en el Boletín Oficial, confirmando que la Subsecretaría de Economía del Conocimiento fijará las normas para la aplicación de la normativa e implementará las acciones necesarias en ese sentido.

La Ley ofrece beneficios fiscales para las empresas del sector, tales como la reducción segmentada del Impuesto a las Ganancias según el tamaño de la compañía, rebajas de hasta 70% en las contribuciones patronales y una alícuota del 0% en cuanto a derechos de exportación de servicios. Las empresas de Servicios Basados en el Conocimiento (SBS) exportan cerca de 6 mil millones de dólares al año, lo que ubica al sector como el tercer complejo exportador del país.

El ministro de Desarrollo Productivo Matías Kulfas destacó: “Esta Ley ofrece un esquema de beneficios, que premia la creación de trabajo nacional, fomenta la exportación y potencia el crecimiento de un sector muy importante para el presente y el futuro de Argentina. Creemos que en una década estas empresas van a generar el doble de empleo que ahora, hasta llegar a 500.000 trabajadores, y van a exportar cerca de 10.000 millones de dólares por año. Además, el régimen de promoción contribuye a mejorar la capacidad productiva de otros sectores productivos como el agro o la industria”.

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Las empresas beneficiarias del régimen de promoción, además deberán ir aumentando la inversión cada dos años, con un porcentaje que se diferencia según el tamaño de la empresa y el tipo de inversión (quedando excluidas de este requisito las microempresas).

Según la nueva resolución, las actividades y rubros comprendidos en el régimen de promoción serían: software y servicios informáticos y digitales, producción y postproducción audiovisual, biotecnología, bioeconomía, biología, bioquímica, microbiología, bioinformática, biología molecular, neurotecnología e ingeniería genética, geoingeniería y sus ensayos y análisis, servicios geológicos y de prospección y servicios relacionados con la electrónica y comunicaciones, servicios profesionales de exportación, nanotecnología y nanociencia, industria satelital y aeroespacial, tecnologías espaciales, ingeniería para la industria nuclear, fabricación, puesta a punto, mantenimiento e introducción de bienes y servicios, servicios de Investigación y Desarrollo.

La normativa también define una serie de zonas “desfavorables”, en las que las empresas recibirán un beneficio adicional de 10% sobre las contribuciones patronales. Estas son las provincias de San Juan, Tucumán, Catamarca, La Rioja, Entre Ríos, Jujuy, Corrientes, Salta, Misiones, Chaco, Santiago del Estero y Formosa.

Según se anticipó, en los próximos días la Subsecretaría de Economía del Conocimiento dará a conocer nuevas disposiciones complementarias para reglamentar los últimos detalles para implementar el régimen y habilitar la inscripción al registro.