Este jueves el Ministerio de Desarrollo Productivo definió algunas normas complementarias para la implementación de la ley de Economía del Conocimiento, reglamentada en diciembre. Los detalles se dieron a conocer con la Resolución 4/2021, publicada en el Boletín Oficial, confirmando que la Subsecretaría de Economía del Conocimiento fijará las normas para la aplicación de la normativa e implementará las acciones necesarias en ese sentido.
La Ley ofrece beneficios fiscales para las empresas del sector, tales como la reducción segmentada del Impuesto a las Ganancias según el tamaño de la compañía, rebajas de hasta 70% en las contribuciones patronales y una alícuota del 0% en cuanto a derechos de exportación de servicios. Las empresas de Servicios Basados en el Conocimiento (SBS) exportan cerca de 6 mil millones de dólares al año, lo que ubica al sector como el tercer complejo exportador del país.
El ministro de Desarrollo Productivo Matías Kulfas destacó: “Esta Ley ofrece un esquema de beneficios, que premia la creación de trabajo nacional, fomenta la exportación y potencia el crecimiento de un sector muy importante para el presente y el futuro de Argentina. Creemos que en una década estas empresas van a generar el doble de empleo que ahora, hasta llegar a 500.000 trabajadores, y van a exportar cerca de 10.000 millones de dólares por año. Además, el régimen de promoción contribuye a mejorar la capacidad productiva de otros sectores productivos como el agro o la industria”.
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Las empresas beneficiarias del régimen de promoción, además deberán ir aumentando la inversión cada dos años, con un porcentaje que se diferencia según el tamaño de la empresa y el tipo de inversión (quedando excluidas de este requisito las microempresas).
Según la nueva resolución, las actividades y rubros comprendidos en el régimen de promoción serían: software y servicios informáticos y digitales, producción y postproducción audiovisual, biotecnología, bioeconomía, biología, bioquímica, microbiología, bioinformática, biología molecular, neurotecnología e ingeniería genética, geoingeniería y sus ensayos y análisis, servicios geológicos y de prospección y servicios relacionados con la electrónica y comunicaciones, servicios profesionales de exportación, nanotecnología y nanociencia, industria satelital y aeroespacial, tecnologías espaciales, ingeniería para la industria nuclear, fabricación, puesta a punto, mantenimiento e introducción de bienes y servicios, servicios de Investigación y Desarrollo.
La normativa también define una serie de zonas “desfavorables”, en las que las empresas recibirán un beneficio adicional de 10% sobre las contribuciones patronales. Estas son las provincias de San Juan, Tucumán, Catamarca, La Rioja, Entre Ríos, Jujuy, Corrientes, Salta, Misiones, Chaco, Santiago del Estero y Formosa.
Según se anticipó, en los próximos días la Subsecretaría de Economía del Conocimiento dará a conocer nuevas disposiciones complementarias para reglamentar los últimos detalles para implementar el régimen y habilitar la inscripción al registro.