La Asociación Argentina de Aeronavegantes (AAA) que conduce Juan Pablo Brey brindó detalles sobre el acuerdo alcanzado con Aerolíneas Argentinas. Un entendimiento por el cual, expresó el sindicato, lograron preservar por 60 días la totalidad del salario de bolsillo de los tripulantes de cabina y la suspensión del 40% de la dotación.
Desde AAA señalaron además que el pacto se realizó bajo el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo que permite a la empresa omitir el pago de algunas cargas sociales y aclararon que «serán suspendidos aproximadamente el 40% de la dotación, entre quienes se incluyó por decisión del Secretario General a los miembros de la Comisión Directiva del sindicato».
El colectivo gremial precisó para todos sus trabajadores los alcances del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo por el que se enmarca el acuerdo alcanzado: «La empresa planteó la necesidad de explorar una alternativa dentro de la ley, que le permita reducir sus obligaciones, dada la fenomenal caída en el nivel de actividad, y por ende de ingresos. En ese sentido el artículo dispone que en situaciones de fuerza mayor el empleador pueda omitir el pago de diferentes cargas sociales que está obligado a abonar por cada trabajador cada mes, algunas que vemos en nuestros recibos de sueldo y otras que no», indicaron.
Comunicado// Aerolíneas Argentinas-Aeronavegantes: Se preservan salarios y habrá suspensiones del 40% 👉 El gremio brindó detalles sobre el acuerdo que preserva la totalidad del salario de bolsillo bajo el art. 223 de la Ley CCT. Leer más: https://t.co/u09MrYk66A pic.twitter.com/dq9OB4rgw5
— Aeronavegantes (@Aeronavegantes) June 8, 2020
En ese sentido, Aeronavegantes remarcó que el artículo 223 también puede habilitar en ciertos casos al empleador a reducir salarios, y que la intención de la compañía era aplicar una rebaja del 25%. «Aún comprendiendo perfectamente la gravedad de la situación, hemos podido celebrar un acuerdo con Aerolíneas Argentinas que garantiza el 100% del salario de bolsillo para los tripulantes, con vigencia por 60 días para los meses de Junio y Julio.», expresaron y agregaron que «nunca nos opusimos a la aplicación de una herramienta que la ley prevé para casos de fuerza mayor y que le permite a nuestra aerolínea de bandera aliviar su situación financiera sin afectar nuestros ingresos»
En cuanto a las suspensiones, el sindicato sostuvo que la única diferencia entre quienes serán suspendidos estos dos meses y quienes no «es que unos cobran no remunerativo y quienes efectivamente realicen actividad, de manera habitual, sin traer aparejada ningún carácter disciplinario ni consecuencias en ese sentido» al tiempo que informó que los miembros del sindicato, también serán parte de la nómina de suspendidos por pedido directo del Secretario General, Juan Pablo Brey. «A pesar de que por ley la empresa no podría hacerlo tomando la tutela sindical que recae sobre quienes tienen cargos gremiales, Brey solicitó que todos los miembros directivos de la Comisión Directiva y Delegados de la conducción del Sindicato que no realizaron o no tienen programada actividad, formen parte de la nómina de suspendidos exactamente como el resto de sus compañeros, incluido él mismo», manifestaron.
En la misma línea, el gremio indicó que «serán suspendidos todos aquellos que no tengan ninguna actividad asignada, lo cual constituye aproximadamente el 40% del total de la dotación.» y agregó que «Desde el 20 de marzo a hoy, aproximadamente 350 compañeros y compañeras realizaron tareas efectivas, lo cual conforma poco más del 15% de la dotación que prestó servicios en este plazo». Respecto a los tripulantes de cabina mayores de 60 años, sostuvieron «nuestros mayores de 60, tripulantes de cabina, son personal esencial según la norma del Ministerio de Trabajo que reglamenta el decreto presidencial. De hecho, realizaron actividad de vuelo. Por ende no habría diferencia de tratamiento entre mayores y menores de esa edad. Dicho esto, lo dejamos aún abierto a evaluación».
Respecto a los aportes de obra social, jubilación y antiguedad, determinaron que «la ley obliga a la empresa a realizar los aportes a la obra social, sin afectar la suma no remunerativa del 100%, ni el futuro de los haberes jubilatorios, así como tampoco la antiguedad o posición escalafonaria».
En cuanto al aguinaldo, aclararon que «por gestión sindical no se afectará el importe a percibir de aguinaldo y quienes estén suspendidos también lo cobrarán. Solo se afectará por definición de la ley el modo en que se calcula».
Además notificaron que la empresa informará a quienes ponga bajo suspensión remunerada por medio del portal «MiRecibo»: «Esto se debe a que la notificación será firmada por el TCP junto con su recibo. En el transcurso del mes se notificará también por Aeroweb. Se descarta en principio el uso de telegramas por la enorme cantidad (aproximadamente 8000 en toda la empresa) y las dificultades logísticas de dicho modo.», concluyeron.