A dos semanas de su aprobación se promulgó el Impuesto a la Riqueza

Quince días después de que fuera aprobada en el Senado, el Gobierno promulgó la Ley 27.605 que estableció el aporte extraordinario sobre grandes fortunas, conocido como impuesto a la riqueza, para paliar los efectos económicos de la pandemia de coronavirus. Lo hizo a través del Decreto 1024/2020, publicado este viernes en el Boletín Oficial.

Se trata de la norma sancionada en el Congreso, a pesar de la resistencia de un sector de la oposición liderado por Juntos por el Cambio, y con la cual las autoridades nacionales esperan recaudar alrededor de $300.000 millones de pesos.

Con la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del Ministro de Economía, Martín Guzmán, finalmente entró en vigencia esta medida, aunque ahora será la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la que definirá “plazos, formas de ingreso, presentación de declaraciones juradas y demás aspectos vinculados a la recaudación de este aporte”.

La ley prevé el cobro por única vez de una tasa de 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado más de 200 millones de pesos. De esta manera, estarán obligados a pagar casi 12.000 contribuyentes.

Estarán alcanzadas las personas físicas residentes en el país, por la totalidad de sus bienes en la Argentina y en el exterior, y que el impuesto no tiene un mínimo no imponible. En cuanto a los patrimonios en moneda extranjera, durante el debate parlamentario se había propuesto que el tipo de cambio a tener en cuenta para determinar si la persona supera o no ese límite en moneda nacional sería la vigente al momento de la promulgación. Sin embargo, se espera que la AFIP confirme en los próximos días este punto mediante un texto complementario, en el que detallará la reglamentación de esta normativa.

La ley abarca a “aquellas personas humanas de nacionalidad argentina cuyo domicilio o residencia se encuentre en jurisdicciones no cooperantes o jurisdicciones de baja o nula tributación, en los términos de los artículos 19 y 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias”, que serán consideradas sujetos residentes a los efectos de este aporte.

Habrá un incremento en la tasa que alcanzará el 2,25% para las fortunas que se encuentren en el rango entre los $300 y los $400 millones; será de 2,50% para aquellos que tengan entre $400 y $600 millones; y de 2,75%, para aquellos patrimonios entre $600 y $800 millones.

Por último, el aporte será de un 3% en el caso de las fortunas entre los $800 y $1.500 millones y se incrementará al 3,25% para quienes tengan entre $1.500 y 3.000 millones. Por último, a quienes tengan bienes que superen este último valor les cobrará un 3,5%. Según la AFIP, en la Argentina hay 380 personas físicas que están en esa situación, cuyos aportes representarán el 55% del total de lo recaudado por el nuevo tributo.