Por Resolución 205/2020 “exceptúan del deber de asistir a los lugares de trabajo a mayores de 60, embarazadas o grupos de riesgo. También habilitan ausencias por cuidar niños ante la suspensión de clases” en la cartera de Trabajo Nacional.
Así es que según lo publicado “el Ministerio de Trabajo detiene virtualmente su actividad y suspende audiencias de partes y la supervisión de actividades gremiales hasta el 31 de marzo inclusive”
De este modo el organismo permanece en sintonía con la emergencia pública que dictó el Gobierno de Alberto Fernández frente a la expansión de la pandemia de Coronavirus y a través de una disposición protege a “los agentes involucrados en las actividades propias del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria y del Tribunal del Trabajo Doméstico, como así también del público en general que accede dichas Dependencias».
Además suspendió «las audiencias de ratificación de acuerdos espontáneos establecidas por el art. 4º del Decreto 1169/96 modificado por el Decreto 1347/99 por el término hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive».
En el caso del Tribunal del Trabajo doméstico también habrá que esperar. La Dirección Nacional de Conciliación Obligatoria dejará de funcionar temporalmente, en especial al personal que atiende las Mesas de Entradas de los trámites normales y habituales de la Dependencia, estableciendo que los días hábiles comprendidos en el período citado no serán computados a los fines de los plazos procesales administrativos» y «las audiencias» en ese sentido.
En tanto la Secretaría de Trabajo emitió una resolución en la que determina la «Suspensión actos de Asociaciones Sindicales» por el plazo de 30 días.
El texto oficial, indica también que se suspenderá también la celebración de los “Procesos Electorales” y “todo tipo de Asambleas y/o Congresos, tanto Ordinarios como Extraordinarios, como así también todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o aglomeración de personas, de todas las asociaciones sindicales inscriptas en el registro de esta Autoridad de Aplicación».
Por último no habrá acompañantes en los casos de asunción de autoridades, las juras se realizarán en la sede del Ministerio, «solamente con la presencia de la junta electoral y de las nuevas autoridades».